El gran fraude del ELA

El gran fraude del ELA

25 de julio de 2013 – ColumnasOpinión – 

El ELA es Peor de lo Peor

El ELA es Peor de lo Peor

“Perdona que no te crea.”
– La Lupe

El sector más colonialista del liderato del Partido Popular ha pretendido, durante sesenta y un años, y hoy lo reitera, hacernos creer que la Constitución del Estado Libre Asociado (ELA), autorizada por la Ley Pública federal 600 de 1950 y subordinada a la Ley de Relaciones Federales (Ley Jones de 1917), que en este día se conmemora; significó para Puerto Rico en 1952 cuando se aprobó, un cambio de estatus político. ¡Falso! La Ley de Relaciones Federales inequívocamente establece que Puerto Rico es un territorio no incorporado de Estados Unidos.

El ELA no enmendó ese estatus colonial de inferioridad política en el que nuestra ciudadanía americana está basada en una ley especial y no emana de la propia Constitución federal, por lo que podría ser revocada y no tenemos derechos esenciales que en muy poco tiempo de residencia en Estados Unidos adquieren millones de inmigrantes legales de todas partes del mundo, como el de votar por el presidente y los representantes y senadores del Congreso. Los alegados pilares del ELA que generalmente son invocados por líderes de la Pava para reclamar atributos estadolibristas y argumentar que en 1952 el ELA representó un cambio de estatus, existían antes de esa fecha. Común ciudadanía, lógicamente la americana (1917, Ley Jones), común defensa, o sea la defensa del Ejército americano (Tratado de París, 1898), común mercado (Ley Foraker, 1900 ) y común moneda, entiéndase el dólar (también Ley Foraker, 1900). Por lo tanto el ELA no es un estatus. Es un estatuto que agregó una Constitución, compatible por cierto con el desarrollo político de Puerto Rico hacia una condición política no colonial (la independencia o la estadidad), a los grados de autogobierno de la Isla. Esto merece algún reconocimiento, pero de eso a argumentar que el ELA superó nuestro estatus colonial de territorio no incorporado, hay un abismal trecho ético, jurídico político y científico. Negar esto es negar la historia. Es elaborar una patraña política y articular el gran fraude del ELA.

El ELA es un fantasma imperial que, por un amplio y claro 54% a 46 % fue rechazado en el reciente plebiscito por los mismos electores que eligieron a García Padilla el pasado 6 de noviembre. Ya nadie puede argumentar que el ELA tiene el consentimiento del pueblo puertorriqueño. Eso sí, los colonialistas, para perpetuarse en el poder, seguirán celebrando pomposas ceremonias y metiendo miedo con la estadidad. Que si perdemos la identidad cultural, que si no aceptarán nuestra solicitud para ser admitidos… En algo no mentirán. Sí, hay un pilar del ELA constituido después de 1952: Miss Universe.

E.L.A

VISITANOS http://www.volveremos2016.net/

Posted by Israel Roldan

Ayer se celebró en Puerto Rico el aniversario 61 de la creación del Estado Libre Asociado. Criatura del fundador del Partido Popular, Luis Muñoz Marín y el estatus promulgado por dicho partido desde entonces. Pero veamos cómo cambian las cosas.

«El ELA actual tiene unas serias limitaciones, y es importante que Puerto Rico se pueda allegar unas herramientas políticas para resolver nuestros problemas económicos, herramientas que no tenemos y por eso la urgencia de resolver el problema del estatus».

El ELA con limitaciones, sin herramientas políticas y es urgente resolver el problema del estatus. Los estadistas y los independentistas venimos diciendo esto desde 1952. Desde el 52 en que Muñoz Marín dijo que el estatus ya estaba resuelto mediante el «pacto» con Estados Unidos, el PPD nos ha dicho que el ELA no tiene limitaciones, que tiene todas las herramientas políticas que necesita. Así que la anterior cita tiene que atribuírsele a alguien que repudia al ELA, por no ser otra cosa que una colonia, estatus deficiente y sin herramientas políticas. Pues sepan que la anterior cita se dió en una conferencia de prensa de los senadores populares, Cirilo Tirado, Ramón Luis Nieves y Mari Tere González.

Estos senadores criticaron su Estado Libre Asociado con argumentos de nosotros los estadistas  y argumentaron que presentarán  legislación para la elección de una Asamblea Constituyente ya que ellos no confían en la iniciativa del Presidente Obama para resolver el problema del estatus. Imagínense como está el PPD, estos tres personajes criticando el ELA de Muñoz Marín siendo populares y alegando que no confían en el Presidente Obama y lo dicen en el aniversario del ELA.

La razón para este descalabro ideológico en el PPD, lo señaló un amigo mío hoy al enviarme un mensaje definiendo el ELA de García Padilla.

EL Aumento de la luz

EL Aumento del agua

EL Aumento de la gasolina

EL Aumento del pan

El  Aumento de la leche

EL Aumento del café

EL Aumento de las contribuciones

EL Aumento de cien cosas más.

******************

Cox Alomar sentencia a muerte al Estado Libre Asociado

Cox Alomar cambió su postura de la campaña

Cox Alomar sentencia a muerte al ELA

Afirma que el modelo se agotó

PUBLICADO : Ayer 09:38 h.

El rebelde ex candidato a Comisionado Residente por el Partido Popular Democrático, Rafael Cox Alomar dio un reversazo sobre su posición y afirmó que el modelo económico del Estado Libre Asociado se agotó.

“El ELA como está no es una alternativa, el planteamiento que yo hacía durante la campaña era precismente que los puertorriqueños tenemos las herramientas para salirnos de esta camisa de fuerza actual. Esta camisa de fuerza no es irreversible, es reversible. Nosotros podemos salir hacia adelante con un nurbo proyecto autonómico de mayores poderes de mayor fuerza,” sentenció Cox en Radio Isla 1320.

El también profesor dijo que durante la campaña tenía que moderar los comentarios porque había que hacer unas coordinaciones con su pareja en la papeleta nacional y así homogenizar el discurso.

“Todos sabemos que el modelo económico del ELA se agotó. Las realidades difíciles de la economía de Puerto Rico hacen imprescindible e impostergable de transforar la relación con los Estados Unidos,” senteció. Al tiempo que añadió que apoya el planteamiento de la Asamblea Constitucional de Estatus para resolver el asunto.

***********************

CONSTITUCIÓN DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

ARTÍCULO VII. DE LAS ENMIENDAS A LA CONSTITUCIÓN

Sección 1. Proposición de Enmiendas. La Asamblea Legislativa podrá proponer enmiendas a esta Constitución mediante resolución concurrente que se apruebe por no menos de dos terceras partes del número total de los miembros de que se compone cada cámara. Toda proposición de enmienda se someterá a los electores capacitados en referéndum especial, pero la Asamblea Legislativa podrá, siempre que la resolución concurrente se apruebe por no menos de tres cuartas partes del número total de los miembros de que se compone cada cámara, disponer que el referéndum se celebre al mismo tiempo que la elección general siguiente. Cada proposición de enmienda deberá votarse separadamente y en ningún caso se podrá someter más de tres proposiciones de enmienda en un mismo referéndum. Toda enmienda contendrá sus propios términos de vigencia y formará parte de esta Constitución si es ratificada por el voto de la mayoría de los electores que voten sobre el particular. Aprobada una proposición de enmienda, deberá publicarse con tres meses de antelación, por lo menos, a la fecha del referéndum.

Sección 2. Revisión de la Constitución por Convención Constituyente. La Asamblea Legislativa podrá, mediante resolución concurrente aprobada por dos terceras partes del número total de los miembros de que se compone cada cámara, consultar a los electores capacitados si desean que se convoque a una convención constituyente para hacer una revisión de esta Constitución. La consulta se hará mediante referéndum que se celebrará al mismo tiempo que la elección general; y si se deposita a favor de la revisión una mayoría de los votos emitidos sobre el particular, se procederá a la revisión en Convención Constituyente elegida en la forma que se disponga por ley. Toda revisión de esta Constitución deberá someterse a los electores capacitados en referéndum especial para su aprobación o rechazo por mayoría de los votos que se emitan.

Sección 3. Limitación a las enmiendas. Ninguna enmienda a esta Constitución podrá alterar la forma republicana de gobierno que por ella se establece o abolir su Carta de Derechos. Cualquier enmienda o revisión de esta Constitución deberá ser compatible con la resolución decretada por el Congreso de los Estados Unidos aprobando esta Constitución con las disposiciones aplicables de la Constitución de los Estados Unidos, con la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico y con la Ley Pública 600 del Congreso Octogésimoprimero, adoptada con el carácter de un convenio.

Para trabajar por la Estadidad: http://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/

You must be logged in to post a comment Login

Para trabajar por la Estadidad: http://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/
Para trabajar por la Estadidad: http://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/