En la soledad del aula

En la soledad del aula

POR MARIO RAMOS MÉNDEZ, HISTORIADOR – 4:08 AM
La Asociación de Maestros en su escrito al Tribunal, demostró que el Gobierno incumplió con los requisitos jurisprudenciales

POR MARIO RAMOS MÉNDEZ, HISTORIADOR –

HACE 22 HORAS 4:08 AM La Asociación de Maestros en su escrito al Tribunal, demostró que el Gobierno incumplió con los requisitos jurisprudenciales     Pedro Pierluisi y el PNP, en reunión de Directorio, dijeron claro que la reforma de Retiro de Maestros será derogada si el Tribunal no les hace justicia al magisterio. En respuesta, Ricky Rosselló dijo que sería una acción irresponsable. El Gobierno, igual que ha manejado el resto de la cosa pública, manejó el caso con mucha improvisación y falta de sensibilidad.

Por su parte, la Asociación de Maestros (AMPR), en su escrito al Tribunal, demostró que el Gobierno incumplió con los requisitos jurisprudenciales para menoscabar una obligación contractual. Veamos.  Una reforma a un sistema de retiro gubernamental será constitucional sólo si “las medidas implantadas son razonables y necesarias para salvaguardar la solvencia actuarial del Sistema de Retiro, y no existen medidas menos onerosas para lograr ese fin”. Véase, Trinidad v. ELA, 2013 TSPR 73.

A petición del mismo Tribunal Supremo, la AMPR presentó un escrito el pasado viernes que discute las razones para declarar inconstitucional la Ley Núm. 160 de 2013, que enmienda el Sistema de Retiro de Maestros.  Para validar la Ley Núm. 3 de 2013, Ley de Retiro de los Empleados Públicos, el Tribunal Supremo estableció unos criterios que el Estado debe seguir para la aprobación de una reforma de esta naturaleza; que la misma es necesaria para arreglar el déficit actuarial y que es la medida menos onerosa para ello. Según la AMPR, el Estado no cumplió con estos requisitos en el caso de la Ley Núm. 160.  El enjundioso escrito que sometiera la AMPR, entre otras cosas, concluye que: el Estado no realizó estudio alguno para concluir que la Ley Núm. 160 resuelve el problema de solvencia del Sistema de Retiro de Maestros, pues, el último estudio hecho por el Estado fue en 2012, bajo la anterior Ley de Retiro de Maestros. Admitido por el propio Estado en la estipulación de hechos número 77, presentada ante el Tribunal Supremo, para ser específico.  La AMPR elaboró teorías, presentó, también, serios informes periciales de reconocidos actuarios que concluyen que no es posible saber si la Ley Núm. 160 de 2013 resolverá la crisis del Sistema de Retiro de Maestros, porque el Estado no tiene un estudio actuarial reciente.  Por otro lado, no menos importante, se presentó la declaración de la Administradora del Sistema de Retiro de Maestros, Wanda Santiago, que admitió que la Ley Núm. 160 provocará la salida de miles de maestros del sistema de educación pública. Y, por ende, el liderato magisterial presentó un estudio actuarial concluyente que la Ley Núm. 160 provocará la salida de 10,000 maestros, lo que acabaría con los activos del Sistema de Retiro para el 2018. En adición, se señaló el hecho de que el presupuesto del presente año fiscal se aumentó en 800 millones de dólares y no se destinó partida alguna para el Retiro de los Maestros.  Por último, la Secretaria de Hacienda, en entrevista con EL VOCERO, admitió no haber consultado con sus asesores la viabilidad de imponer 1% a las corporaciones foráneas para atender esta crisis.  En perspectiva, el Gobierno actúa como un fiero tigre en la oscuridad de la noche dando zarpazos a un enemigo invisible cuya existencia no sabe probar. Zarpazos que, lamentablemente, han herido el noble y heroico espíritu de los maestros y del pueblo mismo.  Esta nota aparece en la edición impresa de El Vocero. TEMAS:   Asociación de Maestros Suscríbete y recibe la versión Impresa en tu e-mail por las mañanas.

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