Opinión: Vacante suprema: Despoliticemos a la Administración de Tribunales

Opinión: Vacante suprema

PUBLICADO : Hoy 06:25 h.
Solo un puñado de juristas puertorriqueños ha tenido la oportunidad de ocupar la silla de juez presidente del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Para ponerlo en su justa perspectiva, desde 1952 más personas han ocupado la posición de gobernador (10) que la presidencia de nuestro Tribunal Supremo (9). Así de privilegiado es ser nombrado para presidir nuestro más alto foro y, a su vez, regir los destinos de la Rama Judicial.

Recientemente, el director ejecutivo de la Asociación de Abogados de Puerto Rico, el licenciado Ramón Rosario, esbozó una teoría muy interesante sobre cómo debe seleccionarse la presidencia del Supremo. En síntesis, tras la ausencia de una disposición constitucional al respecto, este entiende prudente que sea el pleno del máximo foro el que escoja a quien presidirá el más alto foro judicial.

Lamentablemente, dicha teoría fue descartada de plano por varios jueces del Supremo tan pronto el planteamiento salió a la luz pública. A pesar de ello, en una sociedad donde rige la democracia, somos muchos los que entendemos que la manera correcta de nombrar al presidente del más alto tribunal debe ser por votación de sus pares. De hecho, así se hace en la mayoría de las instituciones en nuestra sociedad. Para muestra con un botón basta.

Los presidentes de los cuerpos legislativos son escogidos por sus pares. Así mismo ocurre con los presidentes de los gremios que agrupan los profesionales en la Isla, como en el caso de los médicos, abogados, ingenieros, etc. ¿Por qué tiene que ser diferente en la Rama Judicial? La teoría cobra más fuerza cuando lo vemos desde la perspectiva de que son los jueces quienes conocen de primera mano la idiosincrasia de la Rama Judicial, sus necesidades y qué cualidades debe tener quien administre esta. Del mismo modo, de ser los jueces quienes escojan al presidente, se fortalecería aún más la independencia de la Rama Judicial, uno de los pilares de nuestro sistema republicano de gobierno.

Sobre la persona que vaya a ser nombrada ante la vacante para juez del Supremo, entendemos que debe contar con basta experiencia legal, preferiblemente con experiencia judicial, y que pueda demostrar un temperamento judicial a la altura del puesto que ocuparía. Más aún, en la medida que dicho jurista fuese a ocupar la posición de juez presidente, los criterios rectores en términos de la selección deben ser (1) su trayectoria en la profesión, (2) su carácter, temple y ecuanimidad en el análisis de los asuntos que estarán ante su consideración como juez, y (3) su capacidad para administrar una de nuestras tres ramas de gobierno.

Ante los rumores sobre los candidatos que evalúa el gobernador para el nombramiento  y el trasfondo político de estos o lazos de amistad o familiares con líderes del Gobierno de turno, el pueblo viene obligado a reclamar que la selección se lleve a cabo basándose en los criterios aquí esbozados y no en lealtades políticas, amiguismos o linaje. De hecho, el gobernador haría historia, se crecería y dejaría una huella imborrable en la Rama Judicial si, ante la vacante, hiciera una designación de juez asociado y diera paso a que sea el pleno del Tribunal Supremo quien elija al juez presidente. Adelante, señor gobernador, el pueblo espera por usted.

LEAMOS BIEN LA CONSTITUCIÓN.

 

Nombramiento del juez presidente, ¿facultad del Gobernador?

Lcdo. Ramón L. Rosario Cortés
Director Ejecutivo
Asociación de Abogados

 El próximo 12 de abril un excelente servidor público cumple su encomienda de presidir el Más Alto Foro de nuestro Sistema de Justicia local. Según manda la Constitución, el Honorable Hernández Denton se retira tras cumplir 70 años.  A su salida, dejará una silla vacía que ya es anhelada por muchos que están en la espera de que la música pare para sentarse.  No existe duda de que los jueces del Tribunal Supremo los nombra el gobernador con el consejo y consentimiento del Senado.  Ahora, esto no necesariamente implica que la denominación del presidente la hace el gobernador.  La Constitución, en ningún lado, dice que el Gobernador designa al Juez que ocupará la silla del presidente.  Cabe destacar que los presidentes de ambos cuerpos de la Rama Legislativa son escogidos por sus miembros y no por el gobernador.

El pasado dicta que el gobernador selecciona a la persona que ocupará la silla más importante en la Rama Judicial y que controla un presupuesto anual de alrededor de $350 millones sin sujeción a términos eleccionarios.  No obstante, nadie se ha detenido a pensar si la costumbre y el consentimiento de la Rama Judicial en el pasado es correcto en Derecho.  Por primera vez en la historia constitucional de Puerto Rico, el Tribunal Supremo no es controlado por jueces nombrados por gobernantes del Partido Popular Democrático al momento de surgir una vacante en su presidencia.

Luego de examinar el Diario de Sesiones de nuestra Convención Constituyente y el diario de su Comisión de la Rama Judicial, no estoy tan seguro que nuestra Constitución faculta al gobernador a seleccionar al juez presidente.  Al menos, no lo hace expresamente.  Esto, aunque reconozco que el debate es fértil y que la controversia es novel.  La Constitución no dice específicamente quién designa a un juez del Supremo como presidente del Tribunal.  Siendo así, hay que adentrarnos en la intención de nuestros delegados a la Convención Constituyente que redactaron la Constitución.

La Sección 8 del Artículo V de la Constitución solo dispone que “[l]os jueces serán nombrados por el Gobernador” sin mencionar que este escoge de entre ellos al juez presidente.  Solo 7 de 50 estados de la nación reconocen la facultad del gobernador de nombrar al juez presidente.  Por otro lado, 22 estados delegan dicha facultad a los propios jueces del Tribunal Supremo; 7 se seleccionan con algún criterio de antigüedad; 8 por voto de los electores o asamblea; y 6 con alguna intervención de una Comisión Judicial.

El Diario de Sesiones de la Constituyente y el de la Comisión de la Rama Judicial dejaron plasmado para la historia un fuerte deseo porque la Rama Judicial fuera lo más independiente posible de las ramas políticas.  El entonces juez presidente Todd llegó a afirmar en la Comisión que hubo consenso para que “la administración de las cortes sea función de la rama judicial, representada por el Tribunal Supremo”.  De hecho, el informe de la Comisión concluyó que “[l]a rama ejecutiva no debe intervenir en función que es tan claramente de índole judicial” en relación a su administración.

Este deseo de que el Tribunal Supremo administrara su Rama se plasmó en la Sección 7 del Artículo V de la Constitución que reza que “[e]l Tribunal Supremo adoptará reglas para la administración de los tribunales”.  Esto último, no fue siempre así pues, antes de la Constitución dicha facultad recaía en un funcionario de la Rama Ejecutiva.  De hecho, en la Comisión se describió la independencia judicial así: “[l]a rama judicial es un cuerpo neutral o arbitral.  Su base es imparcial, donde tanto mide un cuerpo como al otro y no está supeditado a ninguno de ellos”.  El juez presidente es la figura principal en la administración de la Rama Judicial y ejecuta esos deberes sobre los tribunales bajo la regulación que adopta el Tribunal Supremo en pleno.  Juzgue usted.

Según publicado en El Vocero.  Acceda al artículo aquí.

 

No pongo en duda la capacidad y verticalidad de los Honorables Jueces del Supremo y estoy seguro que la decisión que tomen estará ponderada en los procesos legales y jurisdiccionales del manto de justicia. No obstante ese no es el problema claramente nuestra Constitución habla de la separación de poderes pero aparentemente tu Gobernador no respeta ese precepto, cuando amenazo a los jueces cuando el caso de Retiro de aumentar el número de jueces para el partido Popular tener mayoría. Me acuerdo que de forma despectiva los llamo los jueces del Partido Nuevo Progresista. De que estamos hablando, es hora de darse a respetar ya que llegaron a ese puesto por sus méritos y su formación jurídica y no por ser políticos. No debemos caer en el jueguito del pasado hay que entender que el Gobernador es solamente pantalla,  capota y pintura y él no es el que dirige el país, todos saben quién es, durmió en fortaleza en su ausencia, que por cierto no hace falta porque el gobierno continua igual. Jueces del Supremo me dirijo a ustedes deben darse a respetar y tomen la decisión correcta pensando que en el pasado no hubo deferencia así la oposición ustedes son la alternativa que tenemos de justicia ante este gobierno que persigue a los estadistas por su ideología y no respetan las leyes y las cambian a su conveniencia. Ustedes pasaran a la historio como más de lo mismo o los que hicieron la diferencia.

Prof. José Antonio Lugo Vega

{La Super Costumbre Popular q ha Destruido las Corporaciones y Autoridades Cuasi-Públicas y Desmantelado al Gobierno: Pero Pro-USA’s No Pueden Despolitizar al Tribunal Supremo y a la Administración de la Justicia en Puerto Rico?

Proponemos a la Juez Mildred Pabón para Presidenta del Tribunal Supremo y se Reforme el Reglamento para que se despolitice la Administración del Sistema de Justicia.}

Adjunto copia del audio del Programa Detrás de la Noticia de Wapa Radio (680/1260 AM) del martes, 8 de abril de 204 con la participación del licenciado Francisco «Pompi González y el ex gobernador Carlos Romero Barceló:

Genial Carta de CRB Sobre Nombramiento del juez presidente, ¿facultad del Gobernador?

Nombramiento del juez presidente, ¿facultad del Gobernador?

El acceso al Tribunal Supremo

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