Sentencia y Opiniones del Tribunal Supremo en el Caso del Retiro de Maestros

{Anoten que los PPD pueden SIEMPRE votar por el PPD, y los PNP ahora es que Votan según la Gran Mayoría de la Gente,}

Para La Sentencia y Opiniones del Tribunal Supremo en el Caso del Retiro de Maestros:Displaying image001.jpg

Sentencia escrita por el Juez Martínez:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531aaeda91f1d?projector=1

Opiniones Concurrentes: CT-2014-02 y CT-2014-03, Opiniones de Conformidad

Juez Mildred Pagán  Charneco:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531bb5d7a23ec?projector=1

Juez Koltoff:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531bb5d7a23ec?projector=1

Juez Rivera García:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531bb5d7a23ec?projector=1

Juez Luis Estrella:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531bb5d7a23ec?projector=1

CT-2014-02 y CT-2014-03, Opiniones Disidentes:

Jueza Fiol Matta:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531c6e2e4f662?projector=1

Jueza Annabelle Rodríguez:

https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=wm#inbox/145531c6e2e4f662?projector=1

¡INCONSTITUCIONAL!,

ley que aprobó el PPD en plena Navidad y a puertas cerradas atropellando el retiro de los maestros.

«La decisión del Tribunal Supremo pone de manifiesto, una vez más, la improvisación y falta de capacidad de la administración del PPD para manejar asuntos complejos y de gran importancia para de Puerto Rico.

Desde su inicio, este nefasto proyecto se trabajó a destiempo y sin sensibilidad. En el PNP advertimos que, como cuestión de política pública, a la hora de reformar el Sistema de Retiro de Maestros había que tener consideraciones particulares con nuestros maestros, ya que son indispensables en la educación de nuestros niños.  Quedó demostrado que esta reforma no es justa ni fue preparada con la profundidad y competencia requerida, a pesar de que había tiempo suficiente para hacerlo.

Exhorto al Gobernador a que atienda la situación del Sistema de Retiro de Maestros con la participación plena del magisterio y de las delegaciones de todos partidos políticos. La Ley 160 del 2013 se hizo a la ligera y la decisión de nuestro más alto foro judicial es prueba de ello. En nuestra propuesta de Educación presentada recientemente afirmamos que:

‘La opción no puede ser quitarle derechos de forma desproporcionada a nuestro recurso más importante en el sistema educativo.’

Como hemos dicho, y nos reiteramos, para reformar el Sistema de Retiro de Maestros hay que tomar el tiempo necesario para hacerlo correctamente. Una vez se estabilicen las finanzas del Gobierno de Puerto Rico se le tiene que hacer justicia salarial a los maestros, incorporarlos al Seguro Social y, entonces, reformar de forma justa el Sistema de Retiro de Maestros.

Una vez más, invito al Gobernador y al PPD a sentarse con todos los sectores y buscar una solución razonable y eficaz que garantice el retiro digno de nuestro magisterio.»

– Pedro Pierluisi

¿Qué decidió el Tribunal Supremo?

 

  • El Tribunal Supremo decidió que la Ley 160-2013 que reforma el Sistema de Retiro de Maestros es inconstitucional por violentar la cláusula de menoscabo de obligaciones contractuales de la Constitución de Puerto Rico.
  • En decisiones anteriores, el Tribunal Supremo sostuvo que una reforma a un sistema de retiro gubernamental será constitucional sólo si “las medidas implantadas son razonables y necesarias para salvaguardar la solvencia actuarial del Sistema de Retiro, y no existen medidas menos onerosas para lograr ese fin”. Trinidad v. ELA, 2013 TSPR 73, Pág. 12.
  • El Tribunal Supremo consideró la prueba presentada por el magisterio, en especial, la presentada por la Asociación de Maestros, que reflejó que la Ley 160-2013 provocaría el retiro de más de 10,000 maestros del Sistema de Educación Pública. En ese sentido, el actuario José Pérez concluyó que con la salida de 10,000 maestros la vida del Sistema de Retiro para Maestros duraría hasta el 2018 mientras ahora tiene vida hasta el 2020.
  • Esto, debido a que la salida de miles de maestros obligará al Sistema a pagar pensiones que hoy el Sistema no tiene que pagar porque esos maestros están trabajando; el Sistema dejará de recibir las aportaciones mensuales de estos maestros; y el Estado tendría que contratar miles de maestros para llenar esas plazas.
  • La decisión del Tribunal Supremo consigna que el Estado no presentó prueba en contrario pues sus informes actuariales datan del 2012, antes de la reforma propuesta.
  • Esto es, el Tribunal concluyó que con la única prueba disponible en el expediente, quedó demostrado que la Ley 160-2013 agravaría la situación precaria del Sistema de Retiro de Maestros y le quitaría beneficios a los maestros.
  • No obstante, el Tribunal determinó que era constitucional la eliminación de los beneficios adicionales que concedían leyes especiales ya que no forman parte de la pensión (bonos de verano, navidad, medicamentos y plan médico). También se resolvió que los maestros que entraron a trabajar con posterioridad a la aprobación de la ley 160 tienen derecho solamente a la pensión limitada que establece esa ley.

Declaran inconstitucional la ley de Retiro de Maestros

Por Maritza Díaz Alcaide04/11/2014 | 03:50 p.m.
Maestros celebran la decisión del Tribunal Supremo que declaró inconstitucional la ley que les rebajaba sustancialmente sus pensiones. (ismael.fernandez@gfrmedia.com) 

La decisión la dio a conocer el líder de Educamos, Emilio Nieves.

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Decenas de maestros se congregaron esta tarde frente a las oficinas del Retiro de Maestros de Puerto Rico para celebrar que se declarara inconstitucional la ley que les rebajaba sustancialmente sus pensiones.

«Estamos bien contentos, pero no podemos bajar la guardia. Tenemos que volver a la Legislatura para cabildear a favor de una nueva legislación que no nos perjudique», dijo la presidenta de la Federación de Maestros, María Elena Lara.

El líder de Educamos, Emilio Nieves, le hizo un llamado al Gobernador para que implante las medidas que ellos le recomendaron a través del Comité de Diálogo.

Eva Ayala, presidenta de la Federación de Maestros, dijo emocionada que esta es la victoria de un magisterio unido.

Agradeció la sensibilidad del Tribunal Supremo al reconocer que la Ley de Retiro los golpeaba fuertemente.

11 de abril de 2014

Supremo detiene cambios a la Ley de Retiro de Maestros

El Tribunal la declaró inconstitucional “por no servir su propósito de adelantar la solvencia del Sistema”

Por Keila López Alicea / keila.lopez@elnuevodia.com y Yaritza Santiago Caraballo / ysantiago1@elnuevodia.com

El Tribunal Supremo declaró inconstitucional la Ley de Retiro de Maestros. (ismael.fernandez@gfrmedia.com)

El Tribunal Supremo declaró hoy que ciertas partes de la Ley 160 que reformó el Sistema de Retiro de Maestros son inconstitucionales pues van en contra de los derechos contractuales de los educadores.

En una decisión que contó con cinco votos a favor y tres en contra, el Supremo determinó que aplicar los cambios del plan de pensiones a los maestros activos es una medida irrazonable. Asimismo, señaló que los informes actuariales usados por el gobierno para justificar el estatuto no contemplan los efectos que tendría la Ley 160. Lee la determinación.

«Es irrazonable y por consiguiente inconstitucional, toda parte del estatuto que altera el derecho contractual que tienen los peticionarios-demandantes sobre su pensión de retiro», reza la sentencia del Supremo, emitida por el juez Rafael Martínez Torres.

No obstante, el máximo foro judicial señaló que la ley permanecerá vigente para los maestros que sean contratados a partir de la fecha en que se aprobó estatuto.

Del mismo modo, los jueces del Supremo mantuvieron la constitucionalidad de la sección de la ley que elimina los bonos de navidad, verano y medicamentos que recibían los pensionados.

El juez Roberto Feliberti se inhibió de este caso, pues laboró en uno de los bufetes que representó a los maestros. La jueza Liana Fiol Matta, quien esta tarde fue designada como jueza presidenta del Supremo, y la juez Anabelle Rodríguez emitieron opiniones disidentes.

En su escrito, Fiol Matta critica que la mayoría judicial haya llegado a conclusiones sobre los efectos que tendría la Ley 160 sobre el Sistema de Retiro basadas en los informes presentados por los demandantes. Asimismo sostuvo que la situación del Sistema de Maestros es similar a la del Sistema de Retiro del gobierno central y la reforma de este último plan fue declarada constitucional por este mismo tribunal.

«La evaluación de esta medida no puede basarse meramente en la posibilidad de que surja una situación en particular que produzca el efecto contrario al deseado. Una decisión legislativa de gran envergadura no debe ser descartada por una especulación basada en conclusiones no fundamentadas», señaló la jueza.

Reacciona la Federación de Maestros

Tras conocer la determinación, María Elena Lara, de la Federación de Maestros, expresó sentirse satisfecha.

“Obviamente esto plantea volver a empezar. Y ese mandato que ha dado el Tribunal es un mandato a la legislatura para que nuevamente nos sentemos a hacer lo que hay que hacer.  Nos sentimos contentos, nos sentimos con muchos deseos de luchar para seguir defendiendo nuestro sistema de retiro para que mejore, para que se ponga a la altura de los tiempos y para que pueda seguir brindando los beneficios que le ha brindado a los maestros”, manifestó en entrevista radial (WKAQ 580).

El estatuto, aprobado en diciembre pasado, modificó el plan de pensiones de los educadores con la intención de reducir su déficit operacional y, según los argumentos del Gobierno, permitir que tenga vida más allá del 2020.

Varias organizaciones magisteriales demandaron al Gobierno  bajo la alegación de que la reforma, más que salvar el Sistema de Retiro, agravaría su solvencia.  Incluso, los maestros habían advertido que la Ley 160 provocará el éxodo de unos 7,000 maestros y que eso llevará al Retiro a colapsar en el  2018.

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