Brilla la justicia: ¿Ex- jueces presidentes en entredicho?

Brilla la justicia: ¿Ex- jueces presidentes en entredicho?

Solamente un juez presidente embriagado de poder, se tira la maroma de que bajo su incumbencia se firmase un contrato amañado
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EL VOCERO / Archivo
Por Katherine Angueira Navarro

No le tembló el pulso. Con la claridad prístina de cumplir con su deber, el juez federal José A. Fusté, no se amilanó ante el reto de atajar el poder malsano de quienes en el pasado han abusado del mallete de la presidencia de la Rama Judicial en Puerto Rico. Como una movida astuta en el juego de ajedrez entre el foro federal y el local, en el caso de Cecort Inc vs Isabel Llompart (Civil No. 3:15-cv-01335), asumió jurisdicción, declaró nulo el contrato leonino por otorgarse sin celebrar una subasta pública y desestimó la demanda en sus méritos (Opinión y Orden, 24 abril 2015).

Mirándole a los ojos al Rey invisible, lo desvistió de su toga medieval, ante la tela de araña que tejió para camuflagear la verdad. El juez Fusté no permitió que se abusara de su discreción judicial por tejedores de la mentira. El Rey invisible, como en la conocida fábula de HC Anderson, quedó desnudo de su atuendo protector.

El poder corroe. Es inverosimil el cuento de que un hombre de negocios, licenciado Cesar Cortés, se endeudó por una cifra multi-millonaria de aproximadamente $80 millones para construir un proyecto de dos edificios a la medida para un cliente, por un término corto de diez años. (“No seasoned, sagacious, and experienced business person would have invested $80+ million in financing, unless there was a real expectation that the contract was to remain in force for decades”, (Ibid, p. 18)….“The actions of the parties, their intentions and expectations, ooze through every pore of the relationship”, (Ibid, p. 19)). Este acto de aparente corrupción, ¿se hizo solo? ¿Requería del conturbernio para conspirar con quien podía autorizar la transacción y erogación de fondos públicos en la Rama Judicial? El hombre invisible en el pleito toma materialidad ineludible. No hay acto de magia leguleyo que invisibilice a quienes realmente ostentaban el poder para ejecutar este esquema que el juez Fusté, siguiendo la pauta del Informe de la Contralora, Yesmín Valdivieso, (marzo 2012) sentenció como claramente ilegal.

Solamente un juez presidente embriagado de poder, se tira la maroma de que bajo su incumbencia se firmase un contrato amañado. Para posiblemente favorecer a un contratista, se dividió la duración de 30 años en tres decenios, circumvalando así una subasta pública por ser un arrendamiento a largo plazo de más de 10 años. A menos que fuese un ignorante del derecho, aparentemente no anticipó que fuera sometido al escrutinio público.

En busca de su propia salvación, su aparente co-conspirador del sector privado, licenciado Cesar Cortés trató de tirarle un salvavidas. En la historia que hilvanó alegó ser la víctima de la privación de su propiedad, señalando a la jueza administradora actual, Isabel Llompart, para enfrentarla a la ex-administradora Mercedes Bauermeister suscribiente de los contratos en el 2000 y 2003. A buen entendedor, el intento de mantener este caso en los niveles bajos de la jerarquía del poder en la Rama Judicial, no libera a los jueces presidentes de su aparente responsabilidad en otros foros. El ex-juez presidente José Andréu García, bajo quien se firmó el contrato; Francisco Rebollo y Miriam Naveira Merly, que por corta que hayan sido su presidencia, no anularon el contrato; y Federico Hernández Denton quien tomó la batuta y corrió el esquema por cerca de diez años, desde el 2004 hasta abril 2014, deberán enfrentar su aparente responsabilidad.

La opinión del juez Fusté cita no solamente la Constitución del ELA de PR, reglamentos de arrendamiento a corto y largo plazo en la Rama Judicial, sino el rosario de jurisprudencia promulgados por el TSPR, entre el 1996 al 2014; periodo en que participaron los jueces que en aparente colusión, se hicieron de la vista larga ante sus propias actuaciones. Su propia jurisprudencia en torno a la necesidad de celebrar subastas públicas hace hincapie que son un mecanismo para evitar “favoritismo, corrupción, despilfarro, prevaricación, extravaganza”…. “el esquema de subastas previene la corrupción gubernamental y proteje los fondos públicos”…(p. 22).

Ante el recordatorio del juez Fusté en torno a que los actos de corrupción no prescriben (p. 23), ¿qué espera el Departamento de Justicia de Puerto Rico, la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente para investigar? Además, ¿el FBI y el Departamento de Justicia Federal investigarán posibles delitos cometidos? Estos actos de aparente corrupción constituyen un acto de alta traición a la confianza que el Pueblo de Puerto Rico depositó en el más alto foro judicial. La opinión del juez Fusté claramente traza el curso de acción. ¡A buen entendedor, pocas palabras bastan!

Katherine Angueira Navarro

Psicóloga Social-Comunitaria

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