Credibilidad perdida – La Mentira, El Engaño y Las Falsedades han caracterizado a AGP/PPD

Credibilidad perdida

COFINA no es una corporación mercantil, como la AEE o la AAA                    

30/04/2016 San Juan, Puerto Rico. Fotos Nuevas de las fachadas del Banco Gubernamental de Fomento (BGF), El Capitolio y La Fortaleza. (Agustin Santiago/El VOCERO)

Agustin Santiago/El VOCERO

Lcdo. Ramón L. Rosario Cortés

Twitter: @discusionPR

La limitada precisión de las palabras no me permite expresar toda la frustración y decepción que debemos sentir como Pueblo con el manejo de los problemas fiscales de este Gobierno. En momentos en que la falta de acceso a los mercados y las malas decisiones nos tienen literalmente en quiebra, en esos momentos, el Gobierno nos sigue haciendo daño.

La Verdad

Credibilidad perdida – La Mentira, El Engaño y Las Falsedades han caracterizado a AGP/PPD

A principios de este mes, la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público presentó un mal llamado “Reporte” que es vivo ejemplo de lo que no debemos hacer para salir del hoyo. De entrada, el “Reporte” comienza admitiendo que su análisis no contó con la información ni con la pericia financiera y legal necesaria. Ese “Reporte”, ilegal por no contar con la revisión y aval de los miembros de la Comisión según dispone su Ley, realiza conclusiones que demuestran falta de seriedad en el análisis y que abonan a la pérdida de credibilidad que hemos experimentado.

Entre sus conclusiones, erradas en derecho, se encuentran afirmaciones tan absurdas como que el refinanciamiento de deuda pública violenta la Constitución y que ciertos acreedores podrían no tener derecho a cobrar lo que le prestaron a Puerto Rico tras confiar en las representaciones del propio Gobierno en relación al tope de la deuda que estableció Luis Muñoz Marín en el 1961. Todo esto, admitiendo sin pudor, que no tienen toda la información necesaria y que su “Reporte” no es una opinión legal o contable porque no tenían los recursos profesionales para ello. Con esto, “casi casi”, el Comité afirma que está diciendo algo que no es verdad pero suplica que no demanden a sus miembros partícipes del “Reporte” por los daños que puedan causar. Lo que no saben es que el daño a la imagen de Puerto Rico con actuaciones irresponsables como esa no tiene reparación monetaria posible.

Plantearse que el Comité “auditor” que ha creado el Gobierno tiene que ser auditado, da la incómoda sensación de que algo está mal y que la agenda de algunos de sus miembros no incluye proyectar la verdad y lograr el bienestar de Puerto Rico.

Lcdo. Iván Rivera

Facebook: Facebook.com/DiscusionPuertoRico

Ramón, el problema es más grande aún. Este “Reporte” pretende ayudar a unos acreedores sobre otros. Sin explicación, el “Reporte” no atiende el problema legal de la deuda más importante.

El “Reporte” no analiza lo que debemos estar discutiendo como país y que ya se atiende en los tribunales de New York. Una entidad que compró bonos garantizados por la Constitución en el 2014 (JACANA) ha demandado a Puerto Rico por la Ley de Moratoria. En el pasado foro de la Deuda Constitucional, juristas reconocidos habían adelantado los planteamientos que sostienen esa demanda, a saber, que la Constitución es clara en dar prominencia al pago de la deuda constitucional lo que haría dicha Ley parcialmente nula (detalles en www.constitucionpr.com)

Como había adelantado, y discutiré en detalle en el próximo foro el 29 de junio en la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana, los acreedores de COFINA tienen la peor parte en este juego. La realidad es que la deuda de COFINA, corporación pública creada para coger prestado por encima del tope de 15% que establece la Constitución, se paga con dineros que corresponden al fondo general (que se nutre de las rentas anuales o recursos disponibles). Dichos dineros deberían estar disponibles para costear servicios esenciales y el pago de la deuda constitucional.

Cuando no podíamos coger más préstamos por el tope constitucional, se creó una corporación pública (COFINA) para burlar este tope y “embrollarnos” más. Ahora, parte de los fondos de contribuciones regulares (IVU) se destinan a los acreedores de una corporación (COFINA) sin protección constitucional. Con ello, se violenta de la Constitución la limitación al tope y la Sección 8 del Artículo VI que ordena pagar primero la deuda constitucional. COFINA no es una corporación mercantil, como la AEE o la AAA, por lo que sus fondos deben ser considerados parte de las rentas anuales para el pago, en primer orden, de la deuda constitucional y luego la educación y salud de nuestro Pueblo. La protección de los acreedores de COFINA está sujeta al análisis de menoscabo de obligaciones contractuales que admite modificación ante una crisis fiscal.

COLUMNISTAS, EL VOCERO

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