La Evolución del Status de Puerto Rico – Blog promoviendo un Puerto Rico Estado 51

NUEVO MANUAL ESTADISTA

Por: Víctor “Papo” Rodríguez Villanueva, BBA/MBA

Lo siguiente es una publicación, con algunas modificaciones, de la agrupación Estadista, Igualdad – Futuro Seguro, publicada en Septiembre 2016.

I. Racional:

Los resultados del plebiscito del 6 de noviembre de 2012 marcaron el comienzo del cambio definitivo de status para Puerto Rico.  El pueblo revocó el consentimiento de los gobernados y decidió que quiere la estadidad para nuestrs isla.

Desde entonces hasta hoy hemos logrado grandes avance que hacen patente la voluntad del pueblo.  Se han realizado esfuerzos a nivel nacional para llamar la atención del tema y en P.R. hemos logrado mantener la discusión viva.  Tanto es así que el Partido Popular no ha podido ignorar más el asunto y ahora en su Asamblea de Programa y Reglamento acaba de aprobar, en Cagüas, un programa de gobierno en el cual:

“El PPD abogará se incluya en cualquier preceso de cosulta o negociación sobre el destino político finaldel pueblo de P.R. una nueva relación política de Asociación por convenio, entre los Estados Unidos de América y el pueblo de P.R.  Esa nueva relación política estará cimentada en cinco puntos: claramente no colonial y no territorial,  fundamentada en la soberanía del pueblo de P.R., cónsona con el derecho internacional y la experiencia constitucional norteamericana; que afirme y ensanche el ámbito de gobierno propio de los puertorriqueños; que preserve el vínculo de la ciudadanía americana por nacimiento; que afirme y preserve la identidad nacional puertorriqueña y que afirme y desarrolle la presencia internacional”.

Con ese lenguaje rebuscado e ilusorio, pretenden vendernos la Libre Asociación, que es la Independencia, ya que el ELA no colonial, fuera de la cláusula territorial, etcétera, NO existe.  Para colmo, pretenden vendernos la Independencia con la ciudadanía americana, cosa que tampoco existe en ninguna parte.  Fuera de la cláusula territorial, sólo existen la Independencia y la Estadidad.

De cara a la posibilidad de un preceso de consulta, es nuestra misión y deber explicar ante el pueblo y en forma simple, los fundamentos, principios y criterios básicos que nos convierten en promotores del ideal estadista.  Es necesario discutir públicamente los argumentos a favor de la Estadidad, así como entender, analizar, debatir y contrarrestar los ataques en su contra.

Nuestra tarea hoy tiene que ser proveer los conocimientos y argumentos racionales a nuestro pueblo y a todos nuestros funcionarios para rebatir una agresiva campaña gestándose en contra de la Estadidad y convencer a las personas que se formaron como estadolibristas, que no son autonomistas ni independentistas y que han  ido evolucionando pragmáticamente a través de los años para que racionalmente emigren hacia nuestro ideal.

El compromiso histórico y patriótico de educar sobre el ideal recae sobre los hombros de todos los estadistas.  La solución final del problema del status no es un asunto partidista, sino el ejercicio de expresar la voluntad individual y colectiva de un pueblo que exige la igualdad ciudadana y la plenitud de sus derechos civiles.

II. Status de Puerto Rico:

Desde el año 1898, Estados Unidos ejerce su soberanía sobre Puerto Rico según estipulado por el Tratado de París y ratificado oficialmente por el Senado de los EE UU el 11 de abril de 1899.  El artículo 9 dispone que “los derechos civiles y la condición política de los habitantes de P.R. serán dererminados por el Congreso de los EE UU”.

La Cláusula Territorial de la Constitución de los EE UU establece que el “Congreso podrá disponer o promulgar las reglas y los reglamentos necesarios en relación con el territorio”. (Por eso nos impusieron la Junta de Control Fiscal con la Ley Promesa)

La Ley Jones del 2 de marzo del 1917 declaró que “los habitantes de P.R. serán ciudadanos americanos con los derechos civiles y el status político determinado por el Congreso”.

La Ley de Presupuesto Federal 81-600 del 3 de julio de 1950 le concedió a sus ciudadanos residiendo en P.R. el derecho a redactar su propia constitución para poder gobernar solamente en aquellos asuntos internos del Gobierno de P.R.

El 3 de julio de 1952, el Congreso ratificó la Constitución de P.R. con enmiendas y la Convención Constituyente de P.R. aceptó esas enmiendas sin volver a consultar al pueblo sobre los cambios unilateralmente incorporados por el Congreso.

La Constitución de P.R. estableció una estructura de gobierno propio restringida a tener juridicción solamente sobre los asuntos internos y la administración del gobierno local, sujeto a la Constitución de los EE UU de América y todas las leyes federales aplicables.

La Ley 600, según redactada y adoptada por la Convención Constituyente, no estableció un nuevo status político para P.R., sino solo un cambio en el nombre geopolítico.

El Congreso no renunció de modo alguno a sus poderes plenarios y soberanos sobre P.R.  Durante la aprobación de la Ley 600, el entonces Comisionado Residente, Dr. Antonio Fernós Isern declaró que “HR7674 would not change the status of the island of P.R. relative to the United States…..it would not alter the powers of sovereignty acquired by the U S over P.R., under the terms of the Treaty of Paris”.

En diciembre del 2005, el Grupo de Trabajo de Casa Blanca expresó que, bajo el ELA, Puerto Rico está sujeto a los poderes plenarios del Congreso, al amparo de la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos.  De igual forma, expresó la inhabilidad constitucional del llamado “ELA Mejorado”.

El informe del Grupo de Trabajo enunció categóricamente que los únicas dos alternativas constitucionalmente viables son la Estadidad y la Independencia.  Reconoció además que la independencia podría tener varias formas: Independencia total tradicional o independencia con un pacto de libre asociación con los EE UU. o cualquier otra nación.

En el 2007 concluyó que “un pacto de Libre Asociación puede ser variado o derogadounilateralmente“, que los pactos de libre asociación NO son permanentes y reiteró que la Libre Asociación es una forma de INDEPENDENCIA.

Por su parte, el informe de marzo de 2011, del Grupo de Trabajo nombrado por el Presidente Obama en el 2009 expresó que bajo el ELA colonial de P.R. seguirá regido por la Cláusula Territorial, según ha sido reafirmado por el Tribunal Supremo Federal, el cual resolvió que el Congreso de los EE UU tiene autoridad para ejercer sus poderes sobre P.R. al amparo de la Cláusula Territorial y tratar a P.R. de una forma distinta a otros estados.

Ese mismo informe de Casa Blanca establece además, que “el tema del status y la economía están estrechamente vinculados”, y añade que “la incertidumbre sobre el estatus está frenando a P.R. en materia económica.”

En agostos del 2013, el Comité de Energía y Recursos Naturales del Senado Federal, el cual tiene juridicción sobre P.R., expresó después de vistas públicas que:

“Si P.R. opta por la Libre Asociación o Independencia, los que nazcan en la nueva naciónNO serán ciudadanos americanos”.

Puerto Rico debe descartar el ELA territorial como alternativa de futuro y debe decidir entre Estadidad y Soberanía (Independencia).

El llamado ELA Mejorado no es una opción legalmente viable.  Ya ha sido rechazado por los EE UU por ser inconsistente con la Constitución Americana.

Las tres naciones que tienen una relación de Libre Asociación con los EE UU (Palau, Mocronesia y las islas Marshall) tienen soberanía y ciudadanía separada.

Tan reciente como el 11 de agosto del 2014 el Departamento de Justicia Federal estableció en la Corte de Apelaciones de Washington DC que:

Los territorios no incorporados, como Puerto Rico, tienen ciudadanía estatutaria, esto quiere decir que es por virtud de ley del Congreso de los EE UU, por lo que NO es un derecho constitucional.

La enmienda 14 de la Constitución, que es la que establece la ciudadanía a los nacidos en loes EE UU, no es aplicable a los nacidos en los territorios.

El Congreso tiene la autoridad de ser el gobierno nacional y local en los territorios.

Cuando Filipinas se independizó, se descontinuó la ciudadanía americana.  Tras una demanda reclamando el derecho a la ciudadanía americana, la corte dictaminó quemantener la ciudadanía no era compatible con la independencia.

III. Las Caras del ELA:

En su intento por mantener la colonia viva y aferrarse a las oportunidades de gobernar la isla cada cuatro años, el PPD ha tratado de lavarle la cara al ELA defendiendo lo indefendible; un sistema colonial que priva a sus residentes de la dignidad e igualdad plena a la que tenemos derecho como ciudadanos americano que somos.

Comencemos por establecer que el nombre de “Estado Libre Asociado” es una contradicción política y jurídica.  Ni somos un estado, si somos libres, ni estamos asociado a los EE UU.

Veamos los ofrecimientos de los distintos ELA que discuten:

ELA Territorial o Colonial:  El que vivimos desde el 1952.

Puerto Rico es la colonia más antigua de las 14 que quedan
sobre la faz de la tierra.Fuimos colonia de España por 398 años y somos colonia de los EE UU por 118 años. Tenemos el record bochornozo de ser colonia por un total de 516 años. La condición territorial y colonial actual nunca ha sido, ni será permanente porque carece de recon
ocimiento legal o de garantías constitucionales.

El Tribunal Supremo de los EE UU (Harris vs. Rosario, 446 US 651-1980) resolvió que P.R. es un “Territorio no incorporado” sujeto a los poderes prenarios del Congreso bajo la “Cláusura Territorial” y como tal su soberanía reside en el Congreso.  Esta “subordinación colonial” queda evidenciada toda vez que la Constitución de P.R. requierió la aprobación previa del Congreso de los EE UU.

Puerto Rico es actualmente un territorio colonial, operacionalmente federalizado solamente con autoridad jurídica pra administar un gobierno local, elegir funcionarios locales y un Comisionado Residente sin voto en el Congreso en Washington, DC.

El modelo político y económico del ELA es un fracaso absoluto y ha fomentado el subdesarrollo.

La incertidumbre de futuro que resulta de nuestro estado de indefinición política, representa un importante escollo para atraer nueva inversión externa y facilitar la inversión local, pues los empresarios e inversionistas no saben cuales serán las condiciones a las cuales estarán sometidas sus empresas e inversiones en el futuro.

Uno de los llamados “grandes pilares del ELA” era el Tratado de Libre Comercio y la ventaja exclusiva de la que disfrutábamos por ser parte del mercado de libre comercio americano.  No obstante, la globalización de los mercados y otros factores, han limitado severamente ese modelo como alternativa para el desarrollo económico.

La eliminación por parte del Congreso de los incentivos contributivos federales, como las 936, es otro gran ejemplo de los poderes plenarios a los cuales estamos sometidos y que acentúan la falta de poder político.

La falta de poderes políticos y la disparidad en la asignación de los fondos federales han mantenido a P.R. rezagado inclusive en las épocas de expansión económica (1950-1973) respecto a los 50 estados de la nación.

La migración masiva es uno de los indicadores más críticos que reflejan continuamente el colapso del sistema.  Hoy día, cerca de 1,0
00 puertorriqueños por semana migran a los estados, tal es así que actualmente más de 5 millones de puertorriqueños residen en los estados, versus menos de 3.6 millones en la Isla.

Datos recientes del Federal Reseve Bank establecen que en los pasados 7 años ese éxodo equivale al 5% de la población.

Al ser encuestados aquellos ciudadanos que decidieron dejar la isla, señalan la falta de oportunidades, el deterioro en la economía y la criminalidad, como los factores determinantes al momento de tomar la decisión.

El éxodo masivo e incremental de la clase educada y trabajadora, ha traido consigo una contracción de la base contributiva.  Lo que quiere decir que hay menos recaudos en Hacienda y que hay menos personas apoyando la actividad económica en la isla.

Estas estadísticas revelan que el 50% de los migrantes son mujeres con una mediana de edad de 30 años.  Esas mujeres se
van solteras o con hijos pequeños lo que priva a P.R. de la próxima generación, dejando a nuestra isla con una generación de viejos cada vez más pobres.

ELA Mejorado:

Plantean los que defienden esta teoría que un ELA mejorado significaría:

“Un pacto bilateral inalterable entre P.R. y los EE UU.”

“Que P.R. podría obtener poderes adicionales a los de los estados”.

“Que mantendríamos el dólar, la participación en todos los programas federales y la ciudadanía americana”.

“Que también significaría que P.R. esogería las leyes federales que quiera que le apliquen y que el Tribunal Federal ya no tendría jurisdicción en la isla”.

Sobre este planteamiento tanto el Ejecutivo como el Congreso se han expresado en múltiples ocasiones, señalando que:

“Es una propuesta absurda e inconstitucional” – Congresista Johnn Doolittle.

“Inconstitucional y legislativamente inalcansable”- Cong. Jim Saxon.

“NO es una opción legalmente viable”- Senador Ron Wyden.

“Ha sido rechazado por los Estados Unidos por ser inconsistente con la Constitución de los EE UU” – Casa Blanca.

ELA Soberano:

El diccionario Legal Black, define soberanía como:

“el poder absoluto incontrolable por el cual un estado independiente es gobernado, la autoridad política suprema, la suprema voluntad, el mayor control de la constitución y del marco de gobierno y su administración”.

“El poder de hacerlo todo en un Estado sin rendir cuentas, hacer leyes, ejecutarlas, aplicarlas para imponer y recaudar impuestos y exigir contribuciones, para hacer la guerra o la paz, formar tratados o alianzas o llevar a cabo comercio con naciones extranjeras y similares”.

En términos más amplios significa poder supremo, absoluto,
incontrolable y le derecho absoluto de gobernarse.

El ELA soberano no existe en el derecho internacional ni bajo la Constitución de los EE UU.  A lo que asi le llaman es a la Libre Asociación.

La verdad es que para que exista una Libre Asociación (ELA soberano) primero tendríamos que ser una república independiente para poder suscribir un tratado de Libre Asociación con cualquer otra nación soberana.

El llamado pacto bilateral nunca existió porque la Constitución Federal y el derecho internacional no permite pactos soberanos entre la federación y sus territorios.  El Congreso nuna cedió su autoridad sobre P.R., como lo afirmó el propio Luis Muñoz Marín durante el preceso que culminó con la aprobación de la Ley (Federal) 600 y la Constitución de P.R.

Libre Asociación:

Es un status político reconocido bajo el derecho internacional como uno descolonizador y no territorial.

El ELA colonial, con una etiqueta de Libre Asociación y como si fuera una República Asociada, no tiene cabida alguna bajo la Constitución de los EE UU.  Esta verdad ha sido reiterada en los pasados tres informes sobre status de la Casa Blanca.

La Libre Asociación es un tipo de independencia, o sea un pacto basado en la soberanía nacional de dos naciones que puede ser revocado unilateralmente por cualquiera de las partes en cualquier momento.

Cabe señalar que existe una impresión errónea generalizada que un tratado de Libre Asociación necesariamente sería con los Estados Unidos de Norteamérica.

Tanto el Congreso como el Ejecutivo se han expresado sobre la Libre Asociación, estableciendo que si la isla opta por la Libre Asociación, los que nazcan en la isla dejarán de ser ciudadanos americanos.

El Departamento de Justicia Federal acaba de establecer que la ciudadanía compartido no es compatible con la soberanía.

Como cuestión de hecho, las tres naciones que tienen una relación del Libre Asociación con los EE UU (Palau, Micronesia y las Islas Marshall) tienen soberanía y ciudadanía separada de los EE UU.

IV- Qué es la Estadidad:

“La Estadidad es un ideal y como tal vive en su corazón, la emoción, la fe, la esperanza y las aspiraciones de igualdad del pueblo puertorriqueño”, según lo expresado por el prócer puertorriqueño, el Dr. José Celso Barbosa, en la búsqueda de la “anexión definitiva y sincera de P.R. con los EE UU”.

La estadidad garantiza la igualdad ciudadana y será de beneficio para todo el pueblo puertorriqueño.  Es la mejor herramienta para poder lograr todas las garantías constitucionales como ciudadanos americanos y nacionales de los Estados Unidos.

V. El Poder de ser Estado:

No hay duda que el poder político, la fuerza de la igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades que trae consigo la estadidad es no solo lo que merecemos como ciudadanos americanos que somos, sino que es la única opción real para que nuestro pueblo progrese y salga de este espiral de deterioro en que estamos sumidos y del que no hay salida.

Comencemos por lo que dice la Constitución de los EE UU cuando se refiere a la soberanía de los estados.  La Décima Enmienda establece que “Los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos ni prohibe a los Estados, quedan reservados a los Estados respectivamente o al pueblo”.

Pero más allá del poder constitucional que define la soberanía compartida de los estados, el poder político, social y económico que la admisión como estado representa para P.R. será el factor que genere las fuerzas para el progreso, desarrollo económico y mejoramiento en la calidad de vida a que aspiran todos los puertorriqueños.

Igualdad, Futuro Seguro aspira a lograr el mismo progreso y desarrollo que ha sido evidente y sostenido en cada uno de los 37 territorios que se convirtieron es estados.

Veamos en qué consisten estos poderes:

El poder del voto presidencial y la representación Congresional – Como territorio contamos con un Comisionado Residente con voz pero sin voto, es decir, sin ningún poder de negociación.

Este poder político que representan dos Senadores y cinco Congresistas (Representantes), la participación en elecciones presidenciales y la participación directa en el gobierno a nivel nacional, será la clave para lograr un trato de igualdad con todos los conciudadanos americanos.  Seremos ciudadanos americanos de verdad, no de segunda clase como ahora al residir en un status de segregación y discrimen político.

El poder de ser un estado americano y bilingüe con nuestra propia cultura, nos abrirá las puertas a convertirnos en un puente natural entre América Latina, el Caribe y los EE UU.  Seremos vistos como forjadores de nuestro propio destino y no como la colonia más antigua del mundo, habiendo dejado atrás el status temporero, frágil y económicamente desventajado y declinante del ELA Colonnial.

La seguridad y estabilidad política tendrá un poder considerable para atraer inversionistas y nuevas industrias que generen empleos.  Cuando el gobierno del Estado de Puerto Rico y/o los puertorriqueños hagan contactos para generar interés en desarrollar negocios en la isla, llevarán consigo una carta de presentación distinta a la de un status colonial, temporero y sin reconocimiento.

La admisión de la isla como Estado estimulará un renovado interés nacional e internacional que se traducirá en un vigoroso crecimiento turístico.  El precedente de Hawái al ser admitido a la Unión en el 1959 asegura una incrementada demanda en el sector del turismo y relacionados que generará un número significativo de nuevas empresas y empleos directos e indirectos.

Estamos convencidos que desde el momento que el Congreso admita a P.R. comos estado se revertirá el éxodo masivo que ha ocurrido bajo la Colonia del ELA.  Una vez admitidos, el poder de la imagen de la estadidad atraerá nueva población y una nueva economía para rescatar las miles de viviendas vacías o abandonadas y a revivir la industria de la construcción.

VI. Mitos y Realidades:

Por demasiados años se le ha tratado de engañar al pueblo puertorriqueño vendiéndole una seris de mentiras o medias verdades, usando el miedo como herramienta para perpetuar, o al menos extender nuestra situación colonial.

Vamos a aclarar estos mitos:

MITOS:

Con la estadidad perderemos nuestra cultura.

REALIDAD:

Durante 118 años que ha sido colonia de los EE UU y durante los cuales el Congreso tiene autoridad plena, NUNCA se nos ha forzado a abandonar nuestra cultura.  Qué nos hace pensar que como estado, con todos los poderes que esto representa, el Gobierno Federal no impondría semejante cosa?

La estadidad no implica subrogar (rebajar) ni perder nuestra identidad cultural puertorriqueña y por el contratio nos otorgaría las garantías constitucionales para preservarlas.

MITOS:

Perderemos el idioma.

REALIDAD:

Como cuestión de hecho no existe requisito alguno en la Constitución que exija dominio del idioma como pre-condición para ser admitido como un estado.

El derecho a mantener el idioma no es un derecho civil ni uno
que se basa en la igualdad, sin embargo es un derecho constitucional de un estado, no de un territorio.

Los estados de Colorado, Montana, Nuevo México, Arizona, Texas, Florida y California tienen origen hispano y no se les prohibe hablar el español,  como de hecho lo hablan y es uno de los idiomas reconocidos.

MITOS:

El informe del GAO es devastador para la estadidad.

REALIDAD:

El informe del GAO establece claramente que la estadidad aliviaría cualquier riesgo asociado a la incertidumbre política del status, lo que estimularía la inversión de capital y nuevos negocios en la isla.

Dice que la estadidad representa para los inversionistas la seguridad de invertir en un estado de la nación más poderosa del mundo y eso lo que significa para P.R. es crecimiento económico.

Crecimiento que no lo puede producir el territorio, eso está muy claro en el informe.

Revela que la Estadidad es muy buena tanto para P.R. como para el resto de la nación.

El tan esperado informe establece claramente que P.R. estado, es positivo para la nación.

MITOS:

Pagaremos impuestos federales.

REALIDAD:

Puerto Rico es la jurisdicción bajo la bandera americana donde más impuestos individuales se pagan; es decir:

Una familia de composición y de ingreso promedio de por ejemplo 4 personas y un ingreso anual de $30,000.00 paga más contribuciones en P.R. que una familia de igual número de personas e ingreso en cualquier otro estado de los EE UU (donde se pagan contribuciones federales y en adición, en muchos estados, contribuciones estatales.)

Se estima que sobre el 75% de los contribuyentes en P.R.  NO pagarán contribuciones federales una vez seamos estado. El otro 25% que si pagará, son lo ricos, los millonarios y las empresas multi millonarias establecidas en nuestra isla.

Es una falacia decir que en P.R. no se pagan contribuciones federales.  Todo los ingresos generados fuera de P.R. pagan contribuciones federales, así como los empleados federales que aquí recién, entre ellos lo empleados del Correo, del Seguro Social, del Border Patrol, de los Controladores Aéreos, de Agricultura Federal y muchos otros.

Los que reciben pagos del Seguro Social pueden estar sujeto a pagar contribuciones federal, dependiendo de la cuantía recibida y eso ocurre ahora bajo el ELA colonial territorial.

MITOS:

Los americanos no nos quieren.

REALIDAD:

Nosotros nunca habíamos pedido la estadidad hasta el pasado 6 de noviembre del 2012, cuando el pueblo votó a favor de ella con 834,191 votos para un 61%. (Se derrotó al ELA con 970,910 votos para un 54%)

El gobierno federal nunca le ha negado la estadidad a ningún territorio que la haya solicitado.

Es imposible que le nieguen la estadidad a sobre 3.6 millones de ciudadanos americanos que reclaman la igualdad plena.

De hecho la Constitución de 1952 es un paso preparatorio a la estadidad.  La estadidad es la culminación de una serie de avances en el camino del gobierno propio que P.R. ha recorrido desde el 1900.

En esencia, la comunidad política creada por virtud de la Constitución de P.R. es un estado no admitido, per en vías de la admisión como un estado de los estados de los Estados Unidos de América.

Si los americanos no nos quieren, entonces no nos hubieran otorgado la ciudadanía americana, no nos dejarían entrar al los 50 estados, no  nos permitirían participar en las convenciones Republicanas y Demócratas, no nos enviarían los más de 24 mil millones de dólares en ayudas todos los años y muchas otras ayudas más.

VII – La Estadidad y la Economía:

Es innegable que la estabilidad política atraerá y fomentará más inversiones y que el gobierno federal tendrá mayor presencia en la isla.  Como resultado natural, se crearán más empleos federales, más contratos de servicios, y mayor crecimiento del Producto Bruto Estatal y menores impuestos locales.

Nuestra meta: “no ser dependiente de los fondos federales”, por el contrario estamos convencidos de que con la estabilidad, permanencia y seguridad de ser un estado de la unión, se impulsará el desarrollo económico para beneficio de todos los puertorriqueños.

Nuestra meta de convertir el territorio de P.R. en estado de la nación Americana no es para reclamar más fondos federales; es para reclamar la participación que nos pertenece como  ciudadanos de los EE UU.  Es ingegable que como “Territorio casi incorporado” no disfrutamos de todos los beneficios económicos que corresponden a los otros cincuenta estados.  Queda claro que dentro de la estadidad tendremos los recursos para majorar la calidad de vida en P.R., incluyendo la seguridad pública, la salud y la lucha contra el crimen.

COMPARACIONES:

Puerto Rico        Hawaii      Mississippi        USA

Tasa de Desempleo para el 2012                   13.7               6.4               8.7               8.1

Ingreso para familia                                        $18,314      $66,420      $37,881      $51,914

de la clase media                                              (2009)       (2012)        (2010)         (2010)

Tasa de Pobresa para el 2010                      47%           9,6%           21.2%             13.8%

Salario por hora promedio año 2010      $14.11        $23.59       $15.53       $23.52 (2012)

Tasa Participativa de la fuerza laborar   40%           64.6%             –             63.5%

                                                                                 (2012)        (2010)            –            (2012)

Estudiemos esta tabla anterior:

Comparamos a P. R. con Hawaii y con Mississippi por dos razones fundamentales.  Hawaii se convirtió en Estado en el 1959 y desde entonces para acá a mejorado significativamente su economía y desarrollo.

Noten que P.R. se convirtió en “Estado Libre Asociado” en el 1952.  Así que con un tiempo de vida similar P.R. ha ido barranco abajo mientras Hawaii ha prosperado significativamente.

Por qué Mississippi? porque es el estado más pobre de la nación y aun así al compararlo con P.R. vemos como es un estado significativamente más próspero que P.R.

VIII. Conclusión:

Queremos la estadidad para P.R. porque amamos inmensamente nuestra tierra y deseamos solo lo mejor para nuestro pueblo.  Deseamos un futuro brillante lleno de oportunidades y progreso para nuestra gente.  Queremos que nuestros jóvenes no se tengan que ir en busca de una mejor calidad de vida, que nuestros viejos vivan tranquilos con buenos servicios de salud y que nuestras familias disfruten de paz y seguridad.

Hay cinco Candidatos a la Gobernación Anti-USA q pondrían en grave riesgo tu Ciudadanía, Seguridad y Progreso http://ow.ly/i/n88AR

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