El Rubicón de la Libre Asociación – PPD/Bernier Escogen el Camino de la Separación de PR de USA

El Rubicón de la Libre AsociaciónCarlos Rivera Giusti/EL VOCERO

Una lectura detenida del texto ofrecido por el PPD sugiere mucho por lo que dice y no dice

Carlos Rivera Giusti/EL VOCERO.   1 de octubre del 2016

Por: Andrés L. Córdova, Profesor de Derecho UIAPR

El 28 de agosto de 2016, el Partido Popular Democrático (PPD) finalmente cruzó su Rubicón. En su Programa de Gobierno 2017-2020 se señala con referencia al asunto del status político de Puerto Rico – y parafraseo en lo pertinente – que el PPD abogará se incluya en cualquier proceso de consulta o negociación sobre el destino político final del pueblo de Puerto Rico una nueva relación política de Asociación por convenio entre los Estados Unidos de América y el pueblo de Puerto Rico que sea no colonial y no territorial, fundamentada en la soberanía del pueblo de Puerto Rico, cónsona con el derecho internacional y la experiencia constitucional norteamericana, preservándose el vínculo de la ciudadanía americana por nacimiento.

Una lectura detenida del texto ofrecido por el PPD sugiere mucho por lo que dice y no dice. En su primera oración señala que el PPD abogará se incluya “en cualquier consulta o negociación[…]”. En la medida en que La Junta de Gobierno del PPD derogó el mismo 28 de agosto de 2016 el plebiscito “Estadidad Si o No” promovido por David Bernier para seducir votos de estadistas desafectos, es evidente que no hay interés de celebrar una consulta, mucho menos bajo los términos contemplados en la asignación presupuestaria en el Consolidated Appropiations Act de 2014 del Gobierno Federal. Por otro lado, el uso del término “negociación” invita la pregunta sobre quién negociaría. El lenguaje deliberadamente ambiguo parece reintroducir la idea de la Asamblea de Status como mecanismo para atender el problema, como ya habían prometido para las elecciones del 2012. Bajo el supuesto de que el PPD prevaleciera en las elecciones generales de noviembre 2016 y controlara las ramas ejecutivas y legislativas del gobierno nuevamente, le correspondería a éste iniciar y promover cualquier legislación a tales fines. Del texto del Programa no se desprende que el PPD esté asumiendo esa obligación política. Es decir, su propuestareferente al status no promueve una consulta o negociación, sino que queda a la espera que otros promuevan sus respectivas posiciones. Esta es la definición del inmovilismo, de la defensa del ELA “as is, where is”.

Alegadamente el PPD propone abogar por “una nueva relación política de Asociación por convenio[…]”. Esta frase es, a mi juicio, el nervio de la propuesta del PPD. Por propia declaración del PPD la relación que se proponga para atender la relación política entre Estados Unidos y Puerto Rico deberá ser “nueva”. Es decir, el PPD reconoce con las muelas de atrás que la “vieja” relación de la Ley 600 y la Constitución del Estado Libre Asociado ha quedado desenmascarada por Commonwealth of Puerto Rico v Sanchez Valle y PROMESA. Nunca hubo un pacto bilateral. Puerto Rico nunca obtuvo soberanía propia en 1952. En efecto, Puerto Rico siempre ha estado bajo la Cláusula Territorial, como por décadas han señalado los estadistas e independentistas.

Es incompatible la Separación y Mantener la Ciudadanía – Recuerda que la Ciudadanía de los PR’s es Legislada y el Congreso la puede quitar cuando quiera.

Esa nueva relación de “Asociación por convenio” que ahora promueve es la libre asociación, que es una modalidad de independencia bajo el derecho internacional. Es pertinente subrayar que solamente los países soberanos convienen entre sí. El principio de que el convenio debe estar basado en la soberanía del pueblo de Puerto Rico supone sacar a Puerto Rico de la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos. Desde la perspectiva del Derecho Internacional no hay impedimento alguno con esta propuesta.

No obstante lo anterior, en la medida en que el PPD se aferra por razones puramente electorales a reclamar la ciudadanía americana por nacimiento, queda corneado por el dilema. La única manera de reclamar jurídicamente la ciudadanía americana a la vez que se asienta la soberanía de Puerto Rico es
bajo la estadidad. Bajo la independencia o libre asociación la continuidad de la ciudadanía americana sería uno de los temas a discutirse entre

Como No Pudieron presentar su Definición del ELA, a escondidas seleccionaron el camino de la Separación para que no les perjudique electoralmente.

países soberanos y quedaría sujeta a la legislación que en su día dispusiera el Congreso de los Estados Unidos Unidos bajo ese contexto. El caso reciente de Tuaua v United States apunta la dirección de esos vientos. Ser ciudadano americano implica necesariamente estar bajo la Constitución de los Estados Unidos, ya sea bajo la Decimocuarta Enmienda, la Cláusula Territorial o la cláusula referente a los tratados indígenas. La libre asociación basada en la soberanía del pueblo de Puerto Rico no es conmensurable con la ciudadanía americana.

Al menos ya sabemos dónde el PPD está parado. Su suerte está echada.

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