Hablando Claro: COFINA versus los servicios esenciales y otros acreedores

Hablando Claro: COFINA versus los servicios esenciales y otros acreedores

La Corporación del Fondo de Interés Apremiante (COFINA) fue creada en el 2006 junto al IVU. Del IVU que usted paga a diario, COFINA recibe su tajada incluso antes de entrar al fondo general

Two hands pulling rope with businessman balancing on roll of dollar bills, isolated on white.

EL VOCERO / Archivo.  17 de octubre del 2016

Por: Lcdo. Ramón L. Rosario Cortés
Twitter: @discusionPR

García Padilla decidió no pagarle a nuestros acreedores. Según él, era necesario para garantizar servicios esenciales. Sin entrar a considerar si realmente no podemos asumir ambas responsabilidades o si el impago nos hará más mal que bien, esa fue la posición del Gobernador.

Incluso, el Gobernador afirmó que los servicios esenciales iban por encima de la Constitución en relación al pago prioritario de la deuda constitucional (GOs). Hasta ahí, podremos estar en desacuerdo con el Gobernador, pero su política era clara: en tiempos de crisis los acreedores no cobran y el dinero va al fondo general para costear gastos esenciales. Amigos, esto fue una gran mentira.

No han cobrado un centavo los acreedores locales, las cooperativas, los pensionados locales y los trabajadores con planes de inversiones que invirtieron en el ELA o en alguna otra corporación. Pero, los acreedores de COFINA siguen cobrando lo que invirtieron más los intereses pactados. ¿Coooómo? Que sí, que hay unos acreedores más “blanquitos” que otros y que la crisis nunca los tocó.

La Constitución limita al Gobierno a no coger prestado más del 15% de sus rentas anuales. Esta disposición pretende prevenir impagos por falta de recursos, y no sirvió porque no se respetó. Para el 2006, “embrollarnos” más era imposible por ese tope constitucional. Entonces, alguien brillante se inventó COFINA para coger más prestado y repagar con ingresos que son del fondo general.

La Corporación del Fondo de Interés Apremiante (COFINA) fue creada en el 2006 junto al IVU. Del IVU que usted paga a diario, COFINA recibe su tajada incluso antes de entrar al fondo general. En el fondo general se depositan los ingresos de los impuestos del Gobierno salvo los “verdes” de COFINA. Esta corporación emitió deuda de la cual todavía debemos alrededor de $17,000 millones de dólares o cerca de 1/4 parte de la deuda total que ronda los $68,000 millones.

Iván, para el Gobernador, el impago va por encima de la Constitución, pero no por encima de COFINA. Como dice Don Yeyo en Vega Baja, el que tiene padrino se bautiza y el que no, se queda moro.

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Lcdo. Iván Rivera
Facebook: Facebook.com/DiscusionPuertoRico

Ramón, yo no sé para ti, pero para mí que debemos estar muy pendientes de a dónde terminarán trabajando algunos miembros y exmiembros del equipo asesor económico del actual Gobernador y las posibles relaciones con los intereses de COFINA. Siempre existe la posibilidad que un gobierno, en cualquier lugar, vea una merma en sus recaudos que afecte su presupuesto operacional y el servicio de su deuda soberana. En previsión de eso, 23 estados de EE.UU. y varios países de la Unión Europea, como por ejemplo España, promulgaron disposiciones constitucionales de reserva de recaudos o ingresos para el pago prioritario de sus bonos de obligaciones generales o lo que se conoce internacionalmente como “deuda soberana”.

Puerto Rico recoge esa salvaguarda en el Art. VI Sec. 8 de la Constitución. Sin embargo, el gobierno actual, en contra de toda lógica de manejo de deudas, deja de pagarle a todo el mundo incluyendo la constitucionalmente protegida para pagarle por adelantado a COFINA que es un invento tipo corporación pública que se nutre de los impuestos de venta y uso que se recaudan. Digo “en contra de toda lógica” porque en derecho comparado, por ejemplo, encontramos los casos de Missouri y Louisiana que sus constituciones separan los ingresos provenientes de corporaciones públicas y el recaudo de todo tipo de impuestos para el pago prioritario de sus obligaciones generales en situaciones de emergencia fiscal. Si en alguno de esos estados o en España, por ejemplo, existiera un invento como COFINA, no le hubieran pagado primero a los de COFINA.

El Gobernador y su equipo violan la propia legislación que promovieron en el Congreso. La Sec. 204(c)(3) de PROMESA prohíbe de manera expresa la transferencia de cualquier fondo fuera del curso ordinario de las operaciones o que sea incongruente con la Constitución o leyes del territorio. La Sec. 207 de la misma prohíbe al gobierno del territorio garantizar o redimir deuda sin la autorización previa de la Junta. O sea, que todos esos pagos a COFINA a partir del 1 de julio de 2016, además de inconstitucionales, violan la Ley federal.

COLUMNISTAS, EL VOCERO

En 1898 Puerto Pobre + Pobre q Haití Sufriendo Hambruna X Terremoto/ Huracán sin FEMA/ USA quitó las nigüas a PR’shttp://ow.ly/QNyA3053r7k

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