Los límites de la desobediencia civil – Muchos No Saben Ni Quieren Entender: Destruyendo No Se Construye

Los límites de la desobediencia civil

No todos tenemos acceso privilegiado a entender el curso de la historia

11/06/16. San Juan, PR. Cierre de campana del Partido Nuevo Progresista (PNP) encabezado por su candidato a la gobernacion, Dr. Ricardo Rossello, llevado a cabo en las inmediaciones del Centro de Convenciones Pedro Rossello en Miramar. (Carlos Rivera Giusti/EL VOCERO)

Carlos Rivera Giusti/EL VOCERO.

Por: Andrés L. Córdova, Prof. de Derecho, UIAPR

A partir de las elecciones y la victoria de Ricardo Rosselló y el Partido Nuevo Progresista (PNP), han ocurrido al menos dos incidentes de protesta ciudadana que han requerido la intervención de la Policía de Puerto Rico: la manifestación contra el depósito de cenizas en Peñuelas y la protesta ante las oficinas privadas del presidente de la Junta de Control Fiscal en Hato Rey. Antes de la elección, ya habíamos visto las protestas contra la Junta de Control Fiscal en el Condado Plaza y en las oficinas de un periódico de circulación general. Con la inauguración de la nueva administración, es de esperar que los opositores políticos continúen promoviendo sus protestas. En fin, esta es la naturaleza de la política y todo gobierno democrático tiene un deber de entender y aceptar dichas manifestaciones como un ejercicio válido del derecho constitucional de la libertad de expresión y de la libertad de asociación, en tanto cumplan con la ley.

Dicho lo anterior, sin embargo, es necesario demarcar la acción política constitucionalmente protegida de la acción política que apunta a subvertir el ordenamiento jurídico bajo el pretexto de un percibido bien superior evidente solamente a aquellos que lo profesan. En este contexto, el reclamo a la desobediencia civil es utilizado como la justificación filosófico-política para retar la legalidad. El fundamento que apoya
la desobediencia civil es que nadie está obligado a cumplir con una ley injusta, y que ese reclamo supone una justificación moral para su incumplimiento. En la tradición proveniente de Thoreau, Gandhi y King, la desobediencia civil no violenta supone estar dispuesto a someterse a sus consecuencias jurídicas con miras a resaltar sus insuficiencias. Nada impide que la desobediencia civil se utilice -como en efecto
se ha utilizado- como táctica sectaria para
provocar la violencia entre grupos sociales y
desestabilizar el ordenamiento político-jurídico existente. La noción de que la desobediencia civil es en sí misma un acto de desprendimiento moral que no admite cuestionamiento raya en un infantilismo político difícil de comprender. En el fondo, la desobediencia civil es un reto a la idea misma de la legalidad, como tan dramáticamente representó Sófocles en su obra Antígona. Si bien es cierto que el ejercicio de la desobediencia civil constituye uno de los pilares de nuestra libertad, no por ello es su mera invocación un pretexto para no tener que explicar y justificar su aplicación en un caso dado.

Todo principio se contrapone a otros principios, y se requiere de prudencia -dicho esto en el sentido aristotélico de la palabra- para sopesar su alcance y aplicación en momentos específicos. El mero reclamo de la “injusticia” de una ley, acción gubernamental o sentencia judicial, no es suficiente para justificar su incumplimiento, lo cual abre la puerta a la desarticulación de la legalidad misma. En nuestro modelo democrático de gobierno, con sus luces y sombras, la respuesta a una percibida injusticia es a través de la organización política bajo los preceptos, no a espaldas, de la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. De igual forma, existen procesos legislativos, administrativos y judiciales para canalizar los retos que la ciudadanía legítimamente le hace a nuestro ordenamiento.

Lo cual nos trae a la Ley Promesa, al perenne problema de nuestro status, y el uso de la protesta y la desobediencia civil como instrumento coyuntural para adelantar causas políticas. El argumento de los corrientes promotores de la desobediencia civil es que como Puerto Rico es una colonia, siendo la Junta de Control Fiscal su manifestación más reciente, no hay obligación de obedecer aquellas normas que a sus respectivos e infalibles juicios hieren su fibra moral. No está del todo claro cómo estos sectores distinguen entre la validez de una norma y otra para fines de aplicarles la desobediencia civil.

No todos tenemos acceso privilegiado a entender el curso de la historia. La respuesta a nuestro problema de status político requiere en primera instancia que todos los puertorriqueños decidamos si queremos movernos hacia la estadidad o la independencia en un proceso plebiscitario, y no en montajes mediáticos de desobediencia civil para aparentar un apoyo popular inexistente. En la apasionada promoción de nuestras creencias, nos corremos el riesgo de perder de vista que la legalidad misma es un bien que hay que proteger, y que la práctica de la desobediencia civil para adelantar un interés político particular socava el principio moral de que nadie está por encima de la ley.

COLUMNISTAS, EL VOCERO

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