Proyecto Fernós-Murray

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PUERTO RICO HERALD

50 años del Estado Libre Asociado

Part II: «Perfeccionando» el Estado Libre Asociado, 1959-1976

 


 

19 de julio de 2002
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El 25 de julio Puerto Rico celebra el aniversario de 50 años de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A continuación ofrecemos el segundo de tres artículos analizando la búsqueda de Puerto Rico por su auto determinación, desde que se ratificó la Constitución puertorriqueña en 1952 hasta el presente. Para leer «Parte I: Establecimiento de la Constitución del Estado Libre Asociado, 1950-1953», active aquí.

Part II: «Perfeccionando» el Estado Libre Asociado, 1959-1976

La Constitución de Puerto Rico de 1952, proclamada por el Gobernador Luis Muñoz Marín el 25 de julio de ese año, creó mediante mandato popular un sistema de gobierno interno en la isla.La imagen puede contener: 1 persona, primer plano

Fue un importante paso hacia la auto-determianción para Puerto Rico, uno que muchos, hasta el día de hoy, consideran que constituyó un nuevo status político llamado «Estado Libre Asociado».

Sin embargo, fue claro para quienes tomaron la decisión, tanto en Washington como en Puerto Rico, que no se había creado tal status. El Congreso de los Estados Unidos todavía ejercía autoridad sobre Puerto Rico bajo los términos de la Clausula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos, la Ley Jones de 1917 (que simplemente recibió un nuevo nombre en 1952 como la Ley de Relaciones Federales de Puerto Rico), y una serie de dictámenes de los tribunales que se conocen como los «casos insulares» que se remontan a 1901.

Más aún, el propio Gobernador Muñoz Marín, que justamente se considera el padre de la Constitución del Estado Libre Asociado, admitió que el actual arreglo entre Puerto Rico y los Estados Unidos no era satisfactorio.La imagen puede contener: 1 persona, barba

La Ley Pública 600, la ley de 1950 que autorizó a Puerto Rico a redactar su propia Constitución, se auto describe como «de naturaleza de un pacto». Más aún, el mismo documento se refiere a Puerto Rico como una «pertenencia de los Estados Unidos». En otras palabras, mientras la ley tenía la aparciencia de un «pacto» o tratado entre dos iguales, Puerto Rico permanecía un territorio de los Estados Unidos cuyos residentes eran ciudadanos estadounidenses. El concepto que el gobierno de los Estados Unidos llegara a un tratado con su propio pueblo fue ilógico y anti-constitucional.

Tan pronto como 1955, Muñoz Marín publicó su intención de realizar cambios dramáticos al idioma e intención de la Ley Pública 600. «Todo lo que restringe la autoridad de los puertorriqueños en Puerto Rico», dijo durante un discurso en Kansas, «sin provocar daños perceptibles a la Unión y sin ser esencial al principio de asociación mediante la ciudadanía en común, debe eliminarse del pacto».La imagen puede contener: 1 persona

Entre 1959 y 1976, Muñoz Marín y sus sucesores en el Partido Popular Democrático habrían de cabildear repetidamente en Washington para lograr esos cambios en la relación entre Estados Unidos y Puerto Rico. Tenían la esperanza de enmendar la ley de 1950 a fin de expandir los poderes locales e internacionales de la isla, pero con la ciudadanía, defensa, divisa y mercado en común permanentemente compartido por los residentes tanto en Puerto Rico como en los Estados Unidos. Ninguno de esos esfuerzos habrían de tener éxito, al menos no con los resultados que su proponentes pretendían. Al contrario, una de las consecuencias más importantes habría de ser la creación de un nuevo y poderoso partido estadista a través del cual se eligió al primer Gobernador en Puerto Rico que apoyaba la estadidad.

El primer frente de batalla en la campaña para legitimizar y expandir el «pacto» entre Puerto Rico y Estados Unidos fue el proyecto de ley Fernós-Murray en 1959. Introducido por el Comisionado Residente que durante muchos años se desempeñó en el puesto, Antonio Fernós Isern, jugó un papel importante también en la aprobación de la Ley Pública 600 en 1950. El proyecto de ley tenía como fin substituir la Ley Jones de 1917 como la base de las relaciones entre los Estados Unidos y Puerto Rico.

El proyecto de ley Fernós-Murray contenía numerosos «artículos de asociación permanente» que reiteraban los términos fundamentales de la previa ley — incluyendo ciudadanía de los Estados Unidos para los puertorriqueños — a la vez que se le otorgaban al gobierno de Puerto Rico ciertos poderes de vital importancia. Por ejemplo, Puerto Rico obtendría el derecho a determinar sus propios precios del café y, bajo ciertas circunstancias, «negociar tratados comerciales y de comercio» con otros países. También, habría de establecerse un sistema de transferencia de propiedades bajo control de los Estados Unidos hacia el gobierno de Puerto Rico, de territorios que previamente habían sido posesión de la corona española; y los casos ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos en Puerto Rico se procesarían en español.

El proyecto de ley abarcaba los puntos básicos de lo que Muñoz Marín más tarde habría de llamar la «perfección» del Estado Libre Asociado. Representaba un modelo mediante el cual Puerto Rico contaría con muchas características de un estado de la Unión pero actuando — tal como en asuntos de comercio — como si fuera una nación independiente. Sin embargo, cada vez que tal opción se ha presentado al Congreso de los Estados Unidos, ha sido recibida como algo imposible en términos políticos y constitucionales.

Se estableció el precedente en 1959. Muñoz Marín se dio cuenta que el proyecto de ley Fernós-Murray no tenía posibilidad alguna de ser aprobado por el Congreso y pidió que fuera retirado de su consideración.

Acontecimientos durante los próximos dos años representaron serias decepciones a la visión que tenía Muñoz Marín para el Estado Libre Asociado. En 1959, Hawaii y Alaska fueron admitidos como estados, demostrando la viabilidad de los territorios remotos con culturas distintas a unirse a la Unión. Luego en 1960 las Naciones Unidas emitieron dos resoluciones sobre descolonización. Constituyeron las declaraciones más agresivas e inequívocas formuladas for las Naciones Unidas que los poderes coloniales tenían que desistir de sus posesiones y se definió la auto-determinación como una integración (en calidad de estado, por ejemplo), independencia o independencia bajo asociación libre con el ex-poder colonial. El arreglo de Puerto Rico bajo el Estado Libre Asociado no se ajustaba a ninguna de esas categorías.

Sin embargo, en 1961, la marea se tornó en favor de Muñoz Marín. El primer discurso de importancia del Presidente Kennedy sobre América Latina, lo que habría de ser el enfoque de su gobierno, se emitió en San Juan; y en una orden ejecutiva, Kennedy se refirió a la «posición única» de Puerto Rico como un territorio con auto-gobierno.

Muñoz Marín tomó sacó ventaja del interés de Kennedy en Puerto Rico y, cuando se avecinaba el décimo aniversario de la Constitución del Estado Libre Asociado, inició un diálogo con el Presidente. El 19 de junio de 1962, Muñoz Marín escribió a Kennedy sobre el inicio de un proceso en la legislatura de Puerto Rico para «perfeccionar el Estado Libre Asociado dentro de su asociación con los Estados Unidos» mediante consulta con los residentes de Puerto Rico sobre sus preferencias con relación al status. El Presidente respondió de manera positiva, indicando que, efectivamente, él veía la «necesidad de crecimiento».

Por lo tanto, debido al pedido de Muñoz Marín, la legislatura de Puerto Rico aprobó la Resolución Conjunta No. 1 el 3 de diciembre de 1962. Es interesante notar que esta resolución no fue un llamado a un referendum, sino un pedido al Congreso de los Estados Unidos que se estableciera un procedimiento para determinar «finalmente» un status para Puerto Rico.

El Congreso respondió, aunque con demora, con una ley en 1964 que estableció la Comisión del Status de Estados Unidos-Puerto Rico. La comision de 13 miembros, que incluían 6 puertorriqueños, pasó los próximos dos años llevando a cabo un extensivo estudio de la cuestión del status. En 1990, el científico político Roland I. Perusse se refirió a la Comisión como «la investigación más importante y abarcadora de las relaciones entre Estados Unidos y Puerto Rico que jamás había realizado un grupo hasta entonces y hasta el día de hoy».

La Comisión concluyó en 1966 que el Estados Libre Asociado, la estadidad y la independencia eran todas opciones viables para un status político permanente para Puerto Rico. Fue una victoria para el Partido Popular Democrático y la legislatura puertorriqueña rápidamente llamó a un plebiscito para el año siguiente.

El plebiscito de 1967, que supuestamente habría de llevar a la ascendencia del Estado Libre Asociado de Muñoz Marín como un status permanente, tuvo resultados muy interesantes. El Estado Libre Asociado ganó decididamente con un 60% del voto. Sin embargo, los estadistas y quienes apoyaban la independencia se abstuvieron en grandes números de participar en el plebiscito. La participación de un 66% fue muy por debajo del 80% que comúnmente concurre a las urnas en Puerto Rico. Más aún, incluso sin el boicot, 39% de los votantes indicaron que la estadidad era la opción que preferían.

Justo antes de la celebración del plebiscito, Muñoz Marín declaró que «el centenario debate sobre el status político había terminado». Pero en realidad, ocurrió lo opuesto. Luis A. Ferré, un senador estatal que encabezó el voto por la estadidad a pesar del boicot declarado por su partido, fundó el Partido Nuevo Progresista (PNP) y se postuló para la gobernación en 1968 cuando se convirtió en el primer proponente de la estadidad en ocupar el puesto. Por lo tanto, el plebiscito mediante el cual se pretendió legitimizar el Estado Libre Asociado hizo surgir en vez el movimiento estadista moderno y representó el fin del dominio del PPD en la política de la isla. Eso a su vez ha llevado a un impasse político que se define y es dominado por el dilema del status.

En 1972, el PPD volvió a asumir el poder con la elección de Rafael Hernández Colón como Gobernador. En lo que comenzaba a convertirse en un repetido patrón, él también llegó a Washington en busca de un status permanente. El resultado de sus esfuerzos fue una legislación llamando a un «pacto de unión permanente entre Puerto Rico y los Estados Unidos». Desde el borrador original que habría otorgado a Puerto Rico casi total autonomía (aunque simulando oficialmente ser algo como un estado) hasta la versión que finalmente se presentó al Congreso el 3 de agosto de 1976, se realizaron numerosos cambios para moderar las demandas de Puerto Rico. No obstante, el borrador final refleja una vesión exagerada del proyecto de ley Fernós-Murray que había fracasado en 1959, incluyendo mayor flexibilidad para Puerto Rico entablar acuerdos comerciales y su participación en organizaciones internacionales, así como la elección en Puerto Rico de un miembro no-votante ante el Senado de los Estados Unidos.

Cuando el Congresó cerró su sesión en 1976 sin tomar acción en torno al Pacto de Unión Permanente, llegó a su fin una era de intentos de mejoras y se generó un impasse sobre el asunto del status. El impasse habría de durar hasta 1989, cuando una serie de acontecimientos habrían de poner en marcha una década durante la cual Puerto Rico llegó más cerca que nunca a su aspiración de lograr total auto-determinación.

Parte III de esta serie cubrirá el debate sobre el status en el Congreso de los Estados Unidos durante la década de los 90 que llevó a la posibilidad de auto-determinación y un status político permanente para los 3.8 millones de ciudadanos de los Estados Unidos en Puerto Rico. Revisaremos los temas que dominaron ese debate tales como el uso del idioma, impuestos federales, desigualdad económica de Puerto Rico en relación con el resto de la nación y el futuro de la ciudadanía de los Estados Unidos para los puertorrriqueños bajo las propuestas opciones de status.


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