Coordenadas plebiscitarias – Los Chavistas Yulinistas Desquiciados Desesperados Porque se Acerca La Estadidad

Coordenadas plebiscitariasvr0120001-50pC-voto-620x400

«Creo que incluir la actual condición política como alternativa, dentro del pentagrama plebiscitario, es una posición consistente con las declaraciones que ha hecho y las posiciones que ha asumido el gobierno federal»

El 13 de abril el Deputy Attorney General, Dana J. Boente, del Departamento de Justicia de Estados Unidos, envió comunicación con recomendaciones sobre el plebiscito a celebrarse el 11 de junio próximo: “United States Department of Justice Review of Plebiscite Ballot, Voter Education Materials and Expenditure Plan”. La La imagen puede contener: 1 persona, textocomunicación del Deputy Attorney General no está fuera de la P.L. 113-76 del 17 de enero del 2014, que dispuso $2.5 millones de fondos del presupuesto del Departamento de Justicia federal para preguntarles a los ciudadanos americanos domiciliados en Puerto Rico, en el plebiscito, sobre su destino final.

No sabemos si Liza García resistirá la tentación ante semejante banquete. Tal vez para ella sería Bocatto di Cardinale. Liza, como modelo ad hoc, acostumbra estar siempre como “Pitirre en el alambre”, pendiente de lo que no le toca.

Por otro lado, el informe del Comité de Asignaciones Presupuestarias de la Cámara federal, que aprobó dichos fondos, dispone que los mismos no serán obligados hasta 45 días después que Justicia federal notifique al Comité que se aprobó un plan de gastos de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) para la educación de electores y administración del plebiscito, incluyendo la aprobación de la papeleta. Además, dice que la notificación del Departamento incluirá una determinación para que el material de educación a los electores, la papeleta y los demás materiales no sean incompatibles con la Constitución, las leyes y la política pública de Estados Unidos.

Creo que incluir la actual condición política como alternativa, dentro del pentagrama plebiscitario, es una posición consistente con las declaraciones que ha hecho y las posiciones que ha asumido el La imagen puede contener: 10 personasgobierno federal. Los ciudadanos de Puerto Rico siempre pueden preferir mantener el “territorio”, alternativa que es legal y constitucional bajo el Artículo IV, Sección 3, Cláusula 2 de la Constitución federal. La muy conocida “Cláusula Territorial”, que es donde Puerto Rico, jurídicamente, ha estado desde 1898.

Manifiestamente, se desprende de la comunicación que el procurador general de Estados Unidos revisó con rigurosidad la Ley Núm. 7 del plebiscito criollo –conforme los lineamientos jurídicos y constitucionales federales- y los materiales enviados por el gobierno de Puerto Rico, incluyendo la papeleta. Aclaró frases que sí eran ambiguas y podían confundir a los electores sobre las definiciones de las alternativas de estatus que estarán en la papeleta.

El Departamento de Justicia federal hace unas conclusiones muy importantes que obligan al gobierno de Puerto Rico a enmendar el proceso plebiscitario: la condición territorial vigente solo puede ser un “territorio”. Esto es una conclusión consistente con todos los informes emitidos por agencias federales y que mata la posibilidad de los La imagen puede contener: texto31 sabores de las conocidas piraguas del ELA “mejorado”, “culminado” y “soberano”. La ciudadanía americana solo es permanente en la estadidad y en el territorio actual, bajo la

Ley Jones del 1917 y la Ley de Nacionalidad del 1940; esta última que da derecho a la ciudadanía por
nacimiento por disposición estatutaria, pero no bajo la XIV Enmienda de la Constitución federal, como en los estados.

Por otro lado, distingue que no hay tal derecho a la “ciudadanía americana” en los diferentes tipos de independencia: la clásica, como las demás naciones independientes que hay en el orbe, y la libre asociación; esta última un tipo claro de independencia, que su nombre se ha usado demagógicamente para engañar a una gran cantidad de puertorriqueños. Un estatus político La imagen puede contener: 1 persona, meme y textoambiguo donde las condiciones económicas y políticas hay que negociarlas cada vez que termina lo pactado y siempre en perjuicio del débil. En fin, las coordenadas están claras: por vez primera se asigna dinero federal para la celebración de una consulta plebiscitaria en Puerto Rico; lo que no sucedió en 1967, 1993, 1998 ni 2012 y que, esta vez, debe resolver el largo problema de desigualdad de derechos en Puerto Rico.

Mario Ramos Méndez

MARIO RAMOS MÉNDEZ

Historiador

La ciudadanía americana de Luis Muñoz Marín

Durante su vida Luis Muñoz Marín siguió pensando de igual manera sobre la ciudadanía americana

munoz_marin2

Suministrada.

El 20 de marzo de 1917, a sus 19 años y poco después de haber muerto su padre, Luis Muñoz Marín escribe desde Nueva York para La Democracia, lo que nos revela su visión política del momento: “Dijimos recientemente en ‘Juan Bobo’ tratando de la ciudadanía americana: ‘Sepamos cumplir los deberes que nos impone, y sepamos gozar de los privilegios que nos otorga’. La nación americana es la que, hoy en día, representa el progreso más avanzado del orbe, ya que las naciones del mundo viejo se están dejando destrozar por las garras de Marte. ¡Y compatriotas! Es nuestro deber sagrado, tanto por patriotismo como por gratitud saber ostentar erguidos la ciudadanía que representa el más alto grado de civilización que hoy sobre la tierra existe: la civilización americana”. Es un artículo descubierto recientemente por mera casualidad.La imagen puede contener: 2 personas, texto

La ciudadanía americana siempre ha gozado de alta estima para el puertorriqueño. Efrén Rivera Ramos, en su extraordinaria obra The Legal Construction of Identity, así lo reconoce al plantear que esta figura jurídica tiene un valor simbólico en nuestra isla, apreciado por un número altísimo que rebasa, tal vez, el 95% de la población. Fue el intelectual Arcadio Díaz Quiñones quien señalara que la expresión “ciudadano americano” es parte del acervo cultural del puertorriqueño. En ningún lugar del mundo ni en Estados Unidos se escucha esa expresión.

El filósofo francés Etienne Balibar, en su seminal libro Ciudadanía, plantea que “pasando del poder constituido (el derecho a los derechos resulta de la pertenencia a una comunidad política existente, en particular un Estado-nación) al poder constituyente: se trata de la capacidad activa de reivindicar derechos en un espacio público, o, mejor, dialécticamente, de la posibilidad de no ser excluido/a del No hay texto alternativo automático disponible.derecho a luchar por sus derechos”. Por otro lado, “aunque entendida como una categoría formal de derecho, la ciudadanía puede ser un factor poderoso para la identidad social. Los estados no comprenden con facilidad a los seres humanos como individuos o grupos, sino que los reconocen por su estatus dentro de tales categorías”. Y esa es la ciudadanía. (Véase T. Alexander Aleinikoff y Douglas Klusmeyer, Ed.; Citizenship Today: global perspectives and practices).

La ciudadanía es una figura que crea inclusión e igualdad jurídica dentro de las fronteras de un estado. En nuestro caso particular la doctrina, todavía vigente, de Balzac v. Porto Rico, resuelto por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en 1922 y último de los casos insulares, establece que es la localidad la que crea un déficit de derechos sobre ese ciudadano americano que vive en Puerto Rico. La movilidad de un lugar a otro cambia de inmediato su realidad jurídica, y eso lo vemos a diario cuando un puertorriqueño se muda a los estados.La imagen puede contener: 5 personas, texto

Durante su vida Luis Muñoz Marín siguió pensando de igual manera sobre la ciudadanía americana. Para él era algo consustancial con ser puertorriqueño y, por ende, con la esencia política de su pensamiento. El 25 de julio de 1956, en el cuarto aniversario del ELA y para divulgar el concepto de “unidad dentro de la diversidad”, su discurso fue un homenaje a esta figura con un título sugestivo: El hondo significado de la ciudadanía de Estados Unidos. Cinco años después, en vistas congresionales para otorgar el derecho al voto presidencial a los ciudadanos de Washington D.C., el fundador del Partido Popular apoyó ese derecho para todos los ciudadanos americanos sin importar su lugar de residencia, incluyendo Puerto Rico. El 25 de julio de 1979 reafirmó su creencia en la ciudadanía americana y la Unión Permanente. Sin embargo, fue a partir de los ochenta que su partido comienza a desdibujarse ideológicamente hasta convertirse en lo que es hoy: un esqueleto político ausente de propósitos y dirección.

Mario Ramos Méndez

Mario Ramos Méndez

Historiador

_____________________
Sangre y Fuego han costado lograr Libertades y Soberanía- En PR Tú Sacriificio Hablando a 100 y llevarlos a Votar por la Estadidad
No hay texto alternativo automático disponible.
Para trabajar por la Estadidad: http://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/

You must be logged in to post a comment Login

Para trabajar por la Estadidad: http://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/
Para trabajar por la Estadidad: http://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/