Mayete juez jueza

Cuando lo supo sintió que el mundo se le caía encima. Un embarazo inesperado producto de una relación pasajera, pues nunca pensó que a temprana edad tuviera esa experiencia y las consecuencias que la acompañaron. Cayó en depresión severa que la llevó a tomar la decisión de practicarse un aborto a espaldas de su familia y, sobre todo, de su madre. Solo consultó con su mejor amiga, de su misma edad, y sin la experiencia de vida necesaria para dar un consejo adecuado.

Al llegar a la clínica de abortos vio a otras mujeres en situación parecida a la de ella. Cuando le llegó su turno entró a la sala y se acostó en la camilla donde una persona, con aspecto más de comerciante que de médico, la esperaba con el ansia de la codicia brillándole en los ojos. Pues como en todo negocio la rapidez incide en las ganancias. A mayor volumen, mayor es la remuneración.

Una distracción del médico cambió para siempre su vida. Al poner el monitor en ángulo donde la paciente podía ver con nitidez las imágenes fue suficiente para observar la criatura que llevaba dentro. Era su hijo. Fue en ese momento que dio un brinco de la camilla, se vistió, salió a toda prisa de la sala y fue donde la secretaria a que le devolvieran los $200 que había pagado; lo que esta no hizo porque, según las reglas de la clínica, ya ella se había quitado la ropa. ¿Qué agencia reglamenta casos como este, donde la mujer es tratada como una mercancía y no se le reconoce el derecho de arrepentimiento?

La multiplicidad de casos de abortos en Puerto Rico incluye a menores, que sin el consentimiento de los padres van a estas clínicas a terminar su embarazo. Juristas de turno han dicho que eso es un derecho constitucional de la menor, como si el estado no tuviera un deber de parens patriae. Las menores están expuestas a trato rudo, de malpractice o a alguna reacción adversa del proceso. Se trata de algo invasivo a su cuerpo que puede tener efectos físicos y emocionales. Sin embargo, la reglamentación del Departamento de Salud no dice nada. ¿Acaso a estas mujeres no les cobija el derecho de que la dignidad del ser humano es inviolable?

Esta anomalía de que las clínicas de abortos pudieran llegar a ser patíbulos silvestres es lo que quiere evitar el proyecto de la senadora Nayda Venegas para la oportuna reglamentación y eficaz fiscalización de estos lugares que vienen operando, en ocasiones, como mataderos clandestinos y para, también, que el consentimiento informado complemente este derecho. El proyecto, en lo absoluto, coarta el derecho al aborto reconocido en el caso de Roe v Wade de 1973, y es cónsono con lo que en 1992 decidió el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso de Planned Parenthood of Southeastern v. Casey; que el estado tiene el poder de reglamentar la práctica del aborto, puede requerir el consentimiento de los padres si la paciente es menor y puede obligar a las clínicas a llevar estadísticas.

En casi todas las jurisdicciones, incluyendo a California y a Hawái que son de las más liberales reglamentando estas clínicas, la reglamentación y fiscalización por parte del gobierno es llevada a cabo sin violentarle a ninguna mujer su derecho constitucional. No solo es reglamentar la planta física y los empleados, incluyendo al médico y la enfermera, sino proteger a la mujer que llega, muchas veces sola, a practicarse un aborto por las circunstancias que sean. Se trata, no solo de su salud, sino de la seguridad de su vida.

Creo que este proyecto va dirigido hacia la mujer, a que pueda ejercer su derecho con la seguridad de que ni su salud ni su vida se pondrán en peligro. Es un proyecto que no coarta el derecho constitucional que le asiste a toda mujer de practicarse un aborto, ni el derecho a arrepentirse de ello como oportunamente hizo Lisie.

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